El Juzgado Segundo de Distrito dio tres días al Ayuntamiento de Progreso, al Gobierno del Estado y al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) para que informen si se cumplió la suspensión definitiva que se dictó a las obras del Casino de Progresoy respondan también a los señalamientos de haber incumplido con la sentencia. El 2 de marzo se celebrará audiencia para resolver este caso.
Ayer se publicó en autos el documento relativo al incidente por el incumplimiento de la suspensión 221/2020 dictada por el Juzgado y que fue presentado por Raúl Enrique Lara Caro, como representante legal de “Casino de Progreso, Sociedad Civil Particular por Acciones”, cuyos integrantes han señalado que la expropiación que llevó a cabo el Gobierno del Estado fue irregular.
En el texto se menciona que sí hay una suspensión otorgada el 5 de noviembre del 2020 y que se analizará si fue cumplida o no. Cabe recordar que los promoventes del incidente sostienen que el Ayuntamiento de Progreso continuó las obras, a pesar de que el Juez ordenó que se pararan las mismas.
Se da un término de tres días, a partir de la notificación, para que las autoridades “informen al Juzgado sobre el cumplimiento que hubiese dado a la suspensión definitiva y los hechos que se le atribuyen respecto a su incumplimiento”.
Además, se expone que deberán acompañar los informes con las constancias que consideren pertinentes “para acreditar fehacientemente que han cumplido y sigue acatando los términos en que se concedió la suspensión definitiva”. Se agrega que, en caso de no hacerlo así, “se tendrá por presuntivamente cierta la conducta que se les reclama”.
“Es indispensable conocer si la parte tercera interesada ha llevado a cabo trabajos de realización o continuación de las obras de excavación, daño, demolición, modificación estructural u otro análogo del predio número 117, de la calle 81 entre 74 y 76, de la colonia centro, del municipio de Progreso, Yucatán; por tanto, se le requiere a efecto de que en el plazo de tres días, informe a este Juzgado Federal lo anterior, y en caso afirmativo, deberá precisar de manera detallada en qué consistieron esos trabajos, además, si solicitó a las autoridades responsables correspondientes la autorización para llevar a cabo los mismos, lo cual, deberá justificar con la documentación relativa”, se lee.
SY