Yucatán

Fiscalía Anticorrupción busca pruebas contra el Cabildo de Progreso

Después de que la Fiscalía Anticorrupción haya imputado a 11 exregidores de Progreso, los cuales tienen prohibido salir del estado y tendrán vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares
El Sistema Anticorrupción tendrá cuatro meses para recabar pruebas y dictaminar la sentencia en caso de ser culpables / Por Esto!

José Enrique Goff Ailloud, Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción del Estado de Yucatán, expuso que luego de que los 11 regidores de Progreso de la administración 2015-2108 fueron vinculados a proceso por el delito de cohecho, se tendrán cuatro meses para realizar las diligencias pertinentes, para obtener más pruebas y, en su caso, presentar acusación en contra los ex funcionarios.

Dijo que, si se concreta una acusación, se entrará en una etapa intermedia o preparatoria a juicio para llevar el asunto ante un Tribunal de Juicio Oral, a fin de que determine la inocencia o culpabilidad de los hoy imputados, a quienes se impuso las medidas cautelares consistentes en presentación periódica ante la Unidad de Investigación en Progreso, prohibición de salir del estado y vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso.

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Añadió que en la audiencia de vinculación a proceso que se hizo el lunes pasado, la defensa de los imputados solicitó a la Juez de Control se procediera con la suspensión condicional del proceso, lo que constituye un mecanismo alterno de solución en materia penal, sin embargo, a fin de estar en condiciones de resolver respecto, la Juez de Control no accedió a la petición y determinó que sería a través de una audiencia diversa donde se resolverá lo conducente el 23 de julio.

Los 11 regidores del Ayuntamiento de Progreso, de la administración 2015-2018, incluido el exalcalde José Cortés Góngora, fueron vinculados a proceso penal,  dictado por la Juez de Control, Yadira Carrillo Polanco, por el delito de cohecho, previsto por el numeral 255 fraccción I y sancionado por el numeral 256 del Código Penal del Estado, luego de que éstos recibieron 110 mil pesos, cada uno, para beneficiar a la empresa Consultoría en Negocios y Gestión Empresarial G.G., con un contrato para la instalación de luminarias.

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Goff Ailloud expuso que la carpeta de investigación de la que derivó el ejercicio de la acción penal se originó con motivo de la denuncia interpuesta por servidores públicos de la actual administración municipal, quienes al realizar el procedimiento de entrega recepción detectaron irregularidades en la celebración del contrato de prestación de servicios relacionados con los hechos por los cuales se vinculó a proceso.

Añadió que, una vez interpuesta la denuncia, se ordenó la apertura de la carpeta y se inició la investigación, en coordinación con la Policía Estatal de Investigación, el Instituto de Ciencias Forenses y la Unidad de Análisis de la Información de la Fiscalía General del Estado, para analizar la evidencia que se fue incorporando y reunir los datos de prueba para conducir al esclarecimiento de los hechos denunciados, lo anterior con apego a los principios de objetividad, debida diligencia, exhaustividad y con pleno respeto a los derechos humanos de todas las partes relacionadas con el asunto.

Así, después de seguir las líneas de investigación pertinentes, en fecha 4 de mayo de 2021 se ejercitó la acción penal ante el Poder Judicial del Estado, por lo que se ordenó la celebración de la audiencia inicial, que de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales representa el momento en el que se formula la imputación, es decir, se le da a conocer a los imputados los hechos que se les atribuyen, se fijan medidas cautelares y se resuelve acerca del auto de vinculación a proceso.

Dicha audiencia fue diferida en tres ocasiones, hasta lograr las condiciones para su apertura, esto el día siete de julio en la que se formuló la imputación y se dio la oportunidad para declarar, derecho que se reservaron solicitando la ampliación del plazo constitucional para resolver su situación jurídica.

El Fiscal Anticorrupción Estatal agregó que la continuación de la audiencia inicial fue el 12 de julio, en la que se debatió acerca de los datos de prueba contenidos en la carpeta de investigación, exponiendo la defensa de los imputados y la fiscalía sus argumentos y, tras una audiencia de más de diez horas, la Juez de Control encontró en la exposición de los Fiscales Especializados que llevaron el caso, suficientes datos de prueba para establecer los hechos.

En este tenor, el 23 de diciembre de 2016, en aproximación de las 23:00 horas, los imputados, en sus entonces funciones de servidores públicos, como regidores integrantes del Cabildo de Progreso, Yucatán, se encontraban en la sala de cabildo de dicho municipio, lugar en el que cada uno recibió indebidamente, la cantidad de 110 mil pesos en efectivo para dar la autorización del contrato para la prestación de servicios de alumbrado público en Progreso, lo cual fue clasificado jurídicamente bajo el delito de Cohecho, consumado por los coautores materiales en forma de acción dolosa.

Los 11 regidores de Progreso, de la administración 2015-2018, podrían enfrentar una pena de dos a 14 años de prisión, de acuerdo con el Código Penal del Estado de Yucatán, el cual establece que comete el delito de cohecho “el servidor público que, por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo”.

En cuanto a la pena, se establece que, cuando la cantidad o el valor de la dádiva, los bienes, promesa o prestación exceda de 500 unidades de medida y actualización en el momento de cometerse el delito, como fue el caso, se impondrán de dos a 14 años de prisión y de 100 a ciento 150 días-multa.

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GH