En diciembre del 2019, el Congreso local aprobó reformas a la Constitución Política del Estado que, en el discurso, se dijo eran para establecer la “obligatoriedad” de la enseñanza de la lengua maya y del lenguaje de señas en las escuelas de nivel básico; sin embargo, en ambos ordenamientos se hace referencia a “procurar” o “establecer las condiciones” de enseñanza de ambas formas de comunicación.
Al respecto, Víctor Enríquez Cabrera, director de la Escuela Primaria “Raquel Dzib Cicero”, expuso que en realidad no ha habido una obligatoriedad como tal, sino únicamente una intención de que se fomente la enseñanza.
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“Pero aquí en Mérida, si hay un 10 por ciento de instituciones que lleven maya, es mucho”, señaló.
“La idea es buena, pero en realidad es un tema que no se está ampliando. Mi escuela, por ejemplo, no está elegida para enseñar maya y por eso no tenemos maestro. Nunca he escuchado o nos han informado que se va a implementar. Desconozco cuál sea la situación en el interior del estado, donde la lengua maya tiene una fuerte presencia”, añadió.
Cabe recordar que el 13 de diciembre de 2019 se publicó un Decreto “por el que se modifica la Constitución Política del Estado deYucatán, en materia de preservación de la lengua nativa de la entidad”, sin hacer referencia a la lengua maya.
Relativo a las obligaciones del estado, la fracción XVI del artículo 87 de la Constitución señala lo siguiente: “Establecer en el sistema educativo básico las condiciones y los procedimientos para rescatar, fomentar y preservar la lengua nativa de la entidad”.
En cuanto a la Ley de Educación, que se aprobó meses después, tampoco se habla de la lengua maya, como tampoco se habla de ninguna obligatoriedad de enseñanza o de aprendizaje. No hay referencia textual a un idioma nativa, a pesar de ser Yucatán uno de los estados con mayor presencia de mayahablantes.
Solamente se habla de “procurar una educación bilingüe e intercultural”, promoviendo que niñas, niños, adolescentes y jóvenes reciban educación en su propia lengua”.
En el tema de la “obligatoriedad” del lenguaje de señas sucedió lo mismo, únicamente se estableció en el artículo 90 de la Constitución que el Estado “promoverá la enseñanza de la lengua de señas mexicana, en la educación básica”.
En el artículo 83 de la nueva Ley de Educación de Yucatán sólo se menciona “facilitar la adquisición y el aprendizaje de la Lengua de Señas y la enseñanza del español para las personas sordas”.
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GH