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Yucatán

Ayuntamiento de Mérida: Amparo podría frenar cobro indebido de alumbrado público

En Mérida es el Cabildo el que autoriza el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) a los ciudadanos, mismo que viene incluido en el recibo de la CFE
Se desconoce si en Yucatán se ha promovido algún aval sobre el pago
Se desconoce si en Yucatán se ha promovido algún aval sobre el pago / Víctor Gijón

A diferencia de Yucatán, en Puebla ya se abrió un frente de defensa para ampararse contra el indebido e inconstitucional cobro del “Derecho de Alumbrado Público” (DAP), que realizan todavía algunos ayuntamientos del país, como el caso de Mérida.

Apenas en diciembre pasado, en aquella entidad, el Congreso del Estado abrió una investigación contra la Comisión Federal de Electricidad y contra 200 ayuntamientos de los 217 que hay en Puebla, por el cobro indebido de este derecho, que no está autorizado en las leyes de ingresos.

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En respuesta a esta investigación, la CFE se deslindó y atribuyó como responsable a los ayuntamientos por el hecho de aplicar formas y modos de otorgar un servicio a los ciudadanos, pero que la paraestatal no cobra el DAP, sino bajo petición de las comunas.

“Ningún cobro por el suministro de energía eléctrica que hace CFE a sus clientes está supeditado al pago que los usuarios deban realizar por el servicio de alumbrado público.

Los municipios determinan que la CFE destine las cantidades recaudadas por DAP al consumo de energía eléctrica utilizada para la alimentación de las luminarias del alumbrado público y otros servicios contratados y facturados”, señaló la CFE.

En Mérida es el Honorable Cabildo el que autoriza el cobro del DAP, aprovechando la mayoría numérica de regidores emanados del partido gobernante.

La información publicada ayer por el Por Esto!, indica que en el 2014, el Ayuntamiento de Mérida pagó por consumo de energía por el servicio de alumbrado público 113 millones de pesos, de los cuales los ciudadanos aportaron 40 millones a través del DAP.

Sin embargo, el 13 de febrero de 208, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sentencia inatacable, declaró inconstitucional el cobro del DAP. Este derecho representa el 5% del pago por el consumo total de energía de cada predio.

La Alianza Jurídica, en la página https://alianzajuridica.com.mx/amparo-en-contra-del-derecho-de-alumbrado-publico/, recomienda a los ciudadanos ampararse contra este cobro indebido. Esta organización está fincada en el estado de Querétaro y señala que el medio de defensa ciudadana es el amparo presentado ante los juzgados de distrito.

En Mérida, el DAP viene incorporado al recibo de cobro y representa aproximadamente el 5% de la tarifa de consumo.

Hasta ahora, en Yucatán se desconoce si se ha promovido algún amparo de esta categoría contra el DAP.

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JG

 

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