Yucatán

Paraíso Sisal: Profepa clausura una instalación de geotubos de los Campos Agüero

Inspectores colocan un sello de suspensión, con número PFPA/YUC/011/1A/2023, en un lote de la zona que fraccionan los hermanos Campos Agüero, donde el 1 de marzo se instalaron geotubos
El pasado fin de semana la Profepa frenó obras que ya estaban terminadas en uno de los lotes del complejo inmobiliario costero / Por Esto! Web

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) finalmente actuó, aunque de forma tibia, en Paraíso Sisal, donde la inmobiliaria de los hermanos Víctor y Daniel Campos Agüero comercializa terrenos y departamentos en un área aledaña a la Reserva Natural El Palmar.

El pasado fin de semana, la Profepa clausuró obras ya concluidas de instalación de geotubos en uno de los lotes de Paraíso Sisal; sin embargo, los inspectores se abstuvieron a colocar señalamientos de inmovilización en las más de 20 estructuras construidas con anterioridad.

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Como informamos en su oportunidad, con la instalación de geotubos se cometía una violación al Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales(Semarnat).

En los proyectos aprobados por la Semarnat a las inmobiliarias Paraíso Sisal así como El Palmar de Sisal, vinculadas con los hermanos Campos Agüero, ha sido polémica la instalación de geotubos, pero a lo largo de poco más de dos kilómetros, hay más de 20 pares de estas estructuras, con las cuales se busca contrarrestar el problema de erosión costera.

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En un recorrido por el lugar, se constató que inspectores de la Profepa colocaron un solo sello de clausura, con número PFPA/YUC/011/1A/2023, en un lote de una familia de apellido Morales, donde el pasado miércoles 1 de marzo se instalaron las estructuras, a cargo de trabajadores de la empresa Constructora Pech, como se informó oportunamente en las páginas de POR ESTO!

Los geotubos, en su mayoría, son fabricados con un geotextil técnico, una ingeniería especial a altas prestaciones mecánicas y resistencias a la intemperie y son llenados de arena para su asentamiento. Son utilizados para reemplazar la roca o el concreto y su función es evitar el “acercamiento” del mar.

Propietarios de lotes costeros pagan por la colocación de esas estructuras, pero deben de contar con permisos de autoridades como Profepa y Semarnat. En el caso de Paraíso Sisal, ha sido un “estira y afloje” entre los representantes de las dependencias federales y los fraccionadores para fijar en el mar elementos que eviten que el agua se acerque a los costosos inmuebles.

Vaivenes de Semarnat

En un principio la Semarnat había negado sistemáticamente la instalación de estos rompeolas. La última negativa fue el 2 de marzo de 2018, cuando no se le avaló a Inmobiliaria El Palmar de Sisal, Sociedad Anónima de Capital Variable, el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) – Particular, con clave 31YU2018TD016, denominado “Rehabilitación de la playa Sisal del mar mediante rompeolas sumergidos formados con estructuras reef ball”.

La Semarnat dijo que lo negó tras “evaluar y resolver las Manifestaciones de Impacto Ambiental de las obras y actividades competencia de la Federación”, de acuerdo con lo “establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente”, según la norma oficial “NOM-59-Semarnat-2010” que determina las especies y subespecies de flora y fauna silvestres terrestres y acuáticas en peligro de extinción, amenazadas y las sujetas a protección especial”.

Sin embargo, un mes después, la Semarnat, representada en Yucatán por Hernán José Cárdenas López, les aprobó la lotificación a los hermanos Daniel y Víctor Campos Agüero y Fernando e Isabel Barbachano Herrero y les dio viabilidad para desarrollar el complejo Paraíso Sisal, mediante el proyecto 31YU2017UD085.

Una vez otorgado este último proyecto, la Semarnat dio marcha atrás y mediante el proyecto 31YU2018TD082 les dieron libertad de instalar las estructuras reef ball que un año antes les habían negado su instalación por incumplir con la Ley general del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. El resolutivo fue enviado a Roger Humberto Esquilano Tenreiro, representante legal de Inmobiliaria El Palmar de Sisal, S.A. de C.V.

El proyecto consiste en la instalación de un rompeolas sumergido, conformado por estructuras reef ball colocadas a una distancia de 75 metros de la línea de costa, como alternativa para solucionar el problema de erosión costera que se presenta a lo largo de la costa Norte de Yucatán, particularmente en el puerto de Sisal.

Adicionalmente, se les autorizó la construcción de un arrecife con estructuras reef ball de diferentes tamaños, que permita la colonización por organismos pelágicos y bentónicos que se encuentran en las inmediaciones y se ubicara a 1.5 km de la línea de costa al Norte de la playa Sisal al mar, con lo que además les puso en bandeja de plata un atractivo turístico de buceo con esnórquel a los habitantes de los lotes de Paraíso Sisal.

Aunque los permisos se otorgaron desde 2018, hasta el pasado 1 de marzo se seguían instalando los geotubos en la playa. Es justamente esa obra la que fue clausurada por la Profepa el pasado viernes.

Decenas inamovibles

Sin embargo, se mantienen intactos más de 20 geotubos, con una separación de cerca de 50 metros, los cuales no están incluidos en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) – Particular 31YU2018TD016.

Tampoco fueron incluidos en el proyecto “Urbanización, electrificación, ampliación de camino existente y apertura de un nuevo camino de acceso para un predio formado por los tablajes catastrales: 1896, 2888, 2889, 4803 y 5565 denominados Paraíso Sisal, ubicado en el puerto de Sisal, comisaría de Hunucmá, Yucatán”, con base en la MIA 31YU2017UD085.

En ambos Manifiestos de Impacto Ambiental se rectifica que “la construcción e instalación de infraestructura en zonas federales que afecten la dinámica del transporte litoral, tales como espigones, espolones, escolleras, geotubos y bardas, que obstruyan o modifiquen los cauces principales del flujo y reflujo de marea, así como proyectos de restitución de playas, quedarán restringidas y sujetas a evaluación de impacto ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la presentación de un programa de monitoreo y mantenimiento de transporte litoral de sedimentos”.

Agravan la contaminación costera

El investigador de la Unidad Académica Sisal del Instituto de Ingeniería de la UNAM, Paulo Salles Afonso de Almeida, reprobó el uso de geotubos, debido a que “sólo agravan el problema de erosión costera”, de acuerdo con estudios realizados recientemente.

El problema de estas estructuras es notorio en la comisaría portuaria de Hunucmá, en especial, en los siete kilómetros que corresponden a Paraíso Sisal, que abarca desde el Puerto de Abrigo hasta Punta Piedra, donde se han instalado diversos geotubos.

La Unidad Académica Sisal del Instituto de Ingeniería de la UNAM ha monitoreado la zona sistemáticamente y con tecnología de alta resolución, y el resultado es que los geotubos no han funcionado, generan basura porque se destruyen y no hay quien recoja o elimine esos residuos, es decir, es un problema grave de contaminación.

Según la institución de Ingeniería, los geotubos se venden con una vida útil de 20 años, sin embargo, en el monitoreo efectuado se constató que el material sólo resiste entre seis meses y un año, pues se perforan y se hunden. Posteriormente, algunos fraccionadores los vuelven a perforar pero no los colocan con las especificaciones de diseño, como es la altura y su distancia a la costa, lo que empeora el deterioro del entorno natural.

 

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CC