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6 de Jan de 2019
2 min
Escrito por Redacción Por Esto!
Después de abandonar la prisión hace apenas unos días al reclasificarse el delito imputado inicialmente, al dejar de poner en peligro la vida de la persona a la que en una reunión celebrando la Navidad le clavó un pica-hielo en el abdomen, ahora el agresor José Angel Pech López recibió un nuevo beneficio y a petición y argumentación del defensor público José René Sánchez Gil se suspendió su proceso penal por 6 meses, quedando sin efecto las medidas cautelares impuestas en la audiencia de vinculación a proceso.
Primero abandonó la prisión al reclasificarse el delito de lesiones que ponen en peligro la vida por lesiones y ahora la Juez Segundo de Control, Licenciada Ileana Georgina Domínguez Zapata, aprobó la suspensión condicional del proceso al comprometerse a un plan de pago de 4 mil pesos por concepto de reparación del daño.
De la misma forma tendrá que residir en un lugar determinado, estará sujeto a vigilancia del Centro de Medidas Cautelares, acudir a firmar cada mes y evitar acercarse a la víctima y lugar de los hechos en un radio de 200 metros.
Como dimos a conocer en forma oportuna, el pasado 25 de diciembre un grupo de amigos celebraba la Navidad ingiriendo bebidas embriagantes en un predio ubicado en la calle 127-A entre la 50-A y 50-B del fraccionamiento Zazil-Ha, entre ellos Alexander Ku Bacab.
Es el caso que al calor de las copas se generó una discusión y el imputado le buscó pleito a Frangel Ku Bacab, al intervenir su hermano en su defensa recibió un piquete a la altura del abdomen del lado derecho, sufriendo en esos momentos lesiones que ponían en peligro la vida.
El lesionado fue trasladado a un hospital, donde se recuperó en forma satisfactoria, su agresor fue internado en el penal y días después su defensor logró sacarlo de la cárcel, al pedir una nueva valoración médica del herido y la reclasificación del delito.
Ahora se le concedió la suspensión condicional del proceso por un plazo de 6 meses y en caso de cumplir con los compromisos se declararía el sobreseimiento de la causa y la extinción de la acción penal, y todos contentos.
(Armando Gamboa Romero)
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