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Durante esta temporada de cada año, diversos patrones paralizan las obras de construcción para no darle el aguinaldo a los trabajadores; mientras que en el sector comercio se ve que aumenta la contratación de personal para caja, pero sólo en el lapso de dos meses con lo que no resuelve en nada la situación económica que se vive en estos momentos, dijo Cristóbal Robledo del Valle, secretario general de la Federación de Agrupaciones en General de la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM) en el Estado de Campeche.

Manifestó que este problema lo viven de forma anual los trabajadores, el patrón aduce que ya no tienen recursos económicos para continuar con la obra, y despide al trabajador, otorgándole sólo su salario, mientras que otros patrones ofrecen esa prestación de ley pero de forma incompleta; el obrero acepta lo que le dan, pues denunciar esta situación laboral implica pérdida de tiempo para el obrero, debido a que no puede estar en la dependencia cuando lo requieran porque tiene que encontrar otro empleo para mantener a la familia.

Indicó que este problema laboral se viene presentando desde hace muchos años, e incluso cuando había auge de trabajo, y ahora que la situación es crítica, los patrones se aprovechan de ello para decir que ya no tienen dinero para continuar con la obra, y que se vendría a mejorar la situación en el próximo mes de febrero del próximo año.

Apuntó que el aguinaldo es un derecho, una prestación que por ley deben recibir los trabajadores, pero cuando la empresa se declara en cero, el obrero no puede hacer nada; además que la mayoría de las empresas constructoras despiden a los trabajadores a los dos últimos meses del año; pese a que en los Contratos Colectivos de Trabajo que firman los sindicatos con los patrones, se especifica el pago de esa prestación de ley.

Añadió que para el sector obrero es muy importante que cuando el sindicato firme los Contratos Colectivos de Trabajo, se fije el pago de los aguinaldos, porque es un derecho que le corresponde al trabajador. Si la persona se encuentra contratada por una empresa privada, le corresponden al menos 15 días de salario; a los empleados de gobierno, 40 días; pero si se trabaja por honorarios, la ley no obliga al patrón pagar esa prestación.

Mencionó que por ello, los sindicatos cuando firman los Contratos Colectivos de Trabajo con algunas empresas constructoras, se estipulan las prestaciones a las cuales tienen derecho los obreros, desde Seguro Social y aguinaldo; pero muchas de las empresas deciden suspender las labores a los dos meses antes de finalizar el año, para no pagar el aguinaldo, y algunos lo hacen a medias.

Esperan que la situación del sector obrero mejore en el próximo año y que las empresas que firman los Contratos Colectivos de Trabajo con el sector obrero paguen las prestaciones de ley que corresponde a trabajador, ya que es un derecho que le corresponde al trabajador por el año que ha laborado en la empresa.

(Texto y fotos: Fernando Kantún)

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