Los ciudadanos con firma electrónica vencida de no más de un año no podrán actualizarla en el portal web del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó la delegada de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente Campeche (Prodecon), Mariana Clemente Nava.
Lo mencionado, explicó, cambió cuando se publicó la versión modificada de la segunda parte de reformas a la resolución de la miscelánea fiscal para 2020, se modificó la regla 2.2.14, dando facilidad de renovar mediante la aplicación de SAT ID la firma electrónica; sin embargo, esta ya perdió su vigencia.
“Debemos recordar que ya se podía renovar la firma electrónica por Internet, pero antes de que fuera a vencer, por lo cual ahora ya se pude hacer cuando está vencida, siempre y cuando no tenga más de un año”: remarcó.
Agregó que para dicho procedimiento se debe tener la aplicación SAT ID, donde se necesita por parte de los contribuyentes el certificado de firma (sin vigencia) y contar con los archivos denominados como inserts y la contraseña para la Firma Electrónica.
Con información de David Vázquez
Por Redacción Digital Por Esto!
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