Campeche

Abuelitos exigen manutención a sus hijos en Ciudad del Carmen

La Ley de Protección al Adulto Mayor de Campeche establece penas de hasta seis años de prisión a los hijos que no brinden manutención a su padres
La obligación sería la misma que las manutenciones que existen con los hijos / Gerardo Can

De cinco a seis años de pena corporal o de prisión serían acreedores las personas, ya sea hijos o familiares, por omisión de cuidados en perjuicio de personas adultas mayores, de acuerdo a la Ley de Protección del Adulto Mayor del Estado de Campeche, que hasta el momento no se ha presentado ningún caso en el Municipio de Carmen, solamente se está en proceso de demanda mediante juicio oral a través del Juzgado de lo Familiar, además de que se han recibido 19 reportes, en los que se ha logrado concientizar a los familiares de no omitir los cuidados, así lo declaró Marisela Arcos Mojarras, coordinadora jurídica del DIF Municipal de Carmen.

Indicó que en estos meses se han estado recibiendo muchos reportes de adultos, en la mayoría de los ocasiones son los propios adultos mayores los que “manifiestan que sus hijos no cumplen sus deberes con ellos, que ellos ya están grandes, que no tienen un trabajo redituable, trabajan, pero ganan muy poco, se hace es una investigación con los hijos, se da un acercamiento, se les manda a citar en esta área para tratar de sensibilizarlos de que tienen una obligación con los padres, así como en su momento ellos lo tuvieron cuando fueron niños, ahora como hijo tienen la obligación de darles una pensión alimenticia”.

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Subrayó que en este caso no es solamente darle un dinero para los alimentos y ya, sino que también la atención geriátrica, “porque esta ley señala que la familia, desde la ascendencia como la descendencia, debe de proveer todo lo necesario para el adulto mayor, una de las obligaciones que tienen es tenerlo dentro del hogar familiar”.

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Arcos Mojarras informó que actualmente “tenemos 19 reportes y en la mayoría se ha logrado sensibilizar a los hijos, se ha llegado a un arreglo en cuanto a los cuidados y pensión alimenticia, que es lo que mayormente se da, tanto por el propio adulto mayor o los hijos reportan que los hermanos no están ayudando al cuidado de sus padres o familiares;  también han venido otras personas que se hacen cargo de su tío, pero que los hijos los maltratan y se le da la asesoría jurídica para que ellos hagan la denuncia porque son los familiares los que deben de hacer la denuncia, en un momento dado se les apoya para ir al Ministerio Público”.

En ese sentido, dijo que hasta el momento se tiene solamente un caso que ha avanzado, “en los últimos cuatro meses apenas ante el Juez de lo Familiar estamos iniciando un procedimiento, son ocho hermanos y es un adulto mayor que no puede decidir por si mismo, por lo que una de las hermanas vino a iniciar el procedimiento de oralidad familiar para que el juez decrete la pensión alimenticia y los cuidados que darán cada uno de los ocho hermanos, es un juicio que se va a oralidad familiar”.

Explicó que, aunque el DIF Carmen no tiene un programa en sí para sensibilizar a las personas de cuáles son los derechos y obligación a los que sujeta la Ley de Protección del Adulto Mayor, “cuando alguien lo requiere o cuando vienen a pedir la asesoría jurídica se les sensibiliza y se les orienta acerca de cuáles son las obligaciones y los derechos que ellos tienen como hijos, también se les hace saber que en caso de incumplimiento están cometiendo un delito penal en contra de sus padres, es un delito que se castiga con prisión”.

Añade que en dado caso de que haya algún delito los familiares o personas “pueden ser acreedores a pena corporal que va de cinco a seis años de prisión, por la omisión de auxilio de cuidados de los hijos o demás descendientes en perjuicio del adulto mayor”.

Por último, dijo que hasta el momento “no hemos hecho ninguna denuncia penal por este tipo de omisiones en contra de las personas adultas mayores en los últimos cuatro meses, y tampoco se tienen expedientes respecto al tema”.

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JG