Campeche

Campeche registra 76 muertes por accidentes viales hasta agosto del 2022

El Subsecretario de Operación Policial de la SPSC, Alejandro Yosafat García Villalpando, aseguró que los bandos municipales de los ayuntamientos están obsoletos para detener a infractores
Escárcega tiene la mayor cantidad de asesinatos de este tipo / Lucio Blanco

A pesar de que el número de homicidios cometidos a través del uso de unidades vehiculares aumentó en 52 por ciento hasta agosto de este año, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana (SPSC) ha deslindado su responsabilidad al respecto, debido a lo obsoleto que están los bandos municipales en los Ayuntamientos, por lo que han tenido que soltar a los conductores infractores, lo que ha repercutido en 26 decesos más en este 2022.

En primera instancia, el Subsecretario de Operación Policial de la SPSC, Alejandro Yosafat García Villalpando, justificó que el motivo por el cual en ocasiones es liberada una persona que transita o conduce en estado de ebriedad, es porque el Bando Municipal no prevé la posibilidad de trasladar a los conductores bajo los influjos etílicos al “torito”, por lo que este es puesto en libertad al ser presentado con el juez calificador; ante ello, precisó que son los Ayuntamientos los que deben modificar la norma.

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En tanto, la alcaldesa capitalina Biby Rabelo de la Torre comentó que la modificación que debe hacerse al Bando Municipal está varada, debido al litigio que emprendieron contra el Gobierno del Estado para otorgarles a los agentes de seguridad la partida presupuestal, así como los bienes muebles e inmuebles para brindar el servicio de protección a los campechanos.

A pesar de que ambos entes no han logrado las modificaciones a la norma para salvaguardar la integridad de los campechanos, en el Informe de Incidencia Delictiva que elabora el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), con corte al mes de agosto del 2022, Campeche ha mostrado un incremento del 52 por ciento respecto al mismo lapso de tiempo, pero del 2021, ya que en ese año hubo 50 homicidios culposos en el Estado; de enero a agosto de este año van 76 personas que murieron a causa de accidentes viales.

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El Observatorio Nacional Ciudadano (ONC) reveló que Escárcega es el municipio con la mayor cantidad de homicidios culposos en lo que va del año, al registrar 18 decesos, sigue Candelaria, Campeche y Carmen con 13 defunciones cada uno; Calkiní con cuatro muertes; Calakmul y Hopelchén con dos muertos; Tenabo y Palizada con dos decesos; y finalmente Hecelchakán y Seybaplaya con un caso cada uno.

García Villalpando agregó que han tenido acercamientos con todos los Alcaldes para exponerles las modificaciones a los bandos municipales y así proceder con sanciones más severas contra los infractores, mientras aseguró que de los 13 Ayuntamientos que hay en Campeche, sólo la Comuna de Dzitbalché es quien ha aceptado la recomendación, mientras que los demás no han dado respuesta formal.

Por su parte, al cuestionar referente al acercamiento que tuvo la SPSC con las alcaldías, Rabelo de la Torre contradijo al Subsecretario de Operación Policial al señalar que “no hemos recibido ningún documento proveniente de la SPSC referente al tema”.

Congreso prevé sanciones más severas

El lunes pasado durante la Tercera Sesión Ordinaria del Congreso Local, los diputados presentaron una modificación al artículo 24 y 145 del Código Penal del Estado, para que quien cometa homicidio imprudencialmente mientras conduce un vehículo bajo los influjos de estupefacientes, se le impondrán de 10 a 20 años de prisión, el doble de lo previsto actualmente.

“Cuando se cause homicidio o lesiones con motivo del tránsito de vehículos y el agente conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares, se impondrán las penas de 10 a 20 años de prisión, y la suspensión de los derechos en cuyo ejercicio hubiese sido cometido el delito será por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta; y en caso de que sea servidor público, se aplicará la destitución e inhabilitación por el mismo periodo para obtener empleo, cargo o comisión de la misma naturaleza”, señala el texto.

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JG