Aunque por cuestiones de confidencialidad no se reveló el número de casos, en el municipio de Carmen a través del programa Aborto Seguro del Sector Salud se ha llevado a cabo la práctica del aborto legal en casos donde hubo violencia sexual, siempre y cuando la mujer o persona con capacidad de gestar así lo declare por escrito.
Lo anterior, amparado en el Código Penal del Estado de Campeche, respaldado el pasado 7 de septiembre de 2021 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional la criminalización del aborto, el cual se practica mediante dos métodos: tratamiento farmacológico hasta las 12 semanas, o aspiración manual endouterina hasta el término del segundo trimestre del embarazo.
Noticia destacada
Pese a solicitudes, Registro Civil en Campeche niega matrimonios entre adolescentes
Noticia destacada
Con bailables, escuelas concluyen festividades en honor a la fundación de Campeche
Así lo dio a conocer Alicia Flores Vásquez, responsable del Programa Aborto Seguro en el Centro de Salud Carmen, quien agregó que el Código Penal del Estado de Campeche establece como causas que permiten el aborto legal la violencia sexual y que la madre pase por una enfermedad grave que impida continuar con la gestación.
Comentó que en Carmen existe el Programa Aborto Seguro, en el que las víctimas de violencia sexual pueden interrumpir el embarazo hasta los seis meses y se realiza de forma completamente confidencial.
Explicó que a través de este programa no se requiere que la paciente haya ido al Ministerio Público a interponer una denuncia; esto a raíz del falló de la SCJN el pasado 7 de septiembre del 2021, que declaró inconstitucional la criminalización del aborto, “por lo cual no debe criminalizarse ni abrir carpetas de investigación, pues puede atenderse a la paciente sin necesidad de denuncias penales”, dijo.
Añadió que se les brinda atención confidencial y segura, respetando sus ideales, “sin ningún estigma, para no revictimizarlas; al contrario, todas las mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad de gestar pueden acudir por orientación o búsqueda de una terminación voluntaria del embarazo, que está permitido en el estado”.
Subrayó que para iniciar el procedimiento se requiere un escrito de puño y letra de la peticionaria bajo la premisa de decir verdad. “Como personal de Salud se le debe practicar, no es necesario que exista una denuncia. Así hemos estado recibiendo a mujeres que se canalizan a través del Área de Psicología o Violencia Familiar y de Género”.
Subrayó que normalmente a las pacientes que han recibido llevan de gestación 12 semanas de gestación, término máximo en el que a través de este programa puede hacerse uso de un tratamiento farmacológico y no quedarían internadas”.
Asevero que una interrupción voluntaria del embarazo en mujeres víctima de violencia sexual no es necesario efectuarla el primer o segundo trimestre, puede realizarse cuando la persona con capacidad de gestar en esta situación lo desee, “pero con las tecnologías que tenemos como la farmacológica se acepta la semana 12”.
Por último, dijo que por cuestiones de seguridad y confidencialidad no pueden darse a conocer las estadísticas de los casos en los que en Carmen se han practicado abortos. “Son casos son confidenciales y protegemos la privacidad de nuestras pacientes”, argumentó.
Datos de la organización Serendipia señalan que 89 por ciento de las mujeres usaron como método abortivo los medicamentos.
Síguenos en Google News y recibe la mejor información
JG