Los empleadores que no respeten el incremento en la retribución económica que anunció la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), así como el aumento en los días de vacaciones, podrían afrontar sanciones económicas severas, adelantó la subsecretaria del trabajo y previsión social Nayeli Heredia Caamal, e indicó que aunque los trabajadores no cuenten con un contrato por escrito, pueden hacer uso de las instituciones vigías de las prestaciones laborales.
“No es opcional que los empleadores lo acaten, lo deben de aplicar desde el día uno de enero, porque de lo contrario serán acreedores a las sanciones que están previstas en la misma ley, entonces si a algún trabajador no le hacen válido ninguno de los aumentos, este puede acercarse a la Subsecretaría del Trabajo para que nosotros acudamos desde el área de inspección a la empresa, para ver que en verdad no hay el aumento”, dijo.
Cabe recordar, que el Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO) reveló que sólo en Campeche, el 52.2 por ciento de los trabajadores carece de un contrato laboral formalizado, es decir, que son 232 mil 634 empleados locales de los 445 mil 659 campechanos que forman parte de la Población Económicamente Activa (PEA) que dio a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), que corren el riesgo de no gozar los aumentos previstos desde la federación.
Denuncias, nulas
Expuso que al ser esta la primera quincena del año donde deberá de aplicarse el incremento salarial, no hay denuncias o quejas presentadas ante la Subsecretaría, por lo que en caso de que haya inconformidad por parte de los trabajadores, deberían presentarse a lo largo de esta semana, por lo que aquellos asalariados que quieran interponer algún recurso pueden hacerlo de forma anónima, para evitar sanciones innecesarias de su centro laboral.
Heredia Caamal indicó que en caso de que los patrones no apliquen los aumentos previstos por la normativa, las empresas, o en su caso los departamentos de área en cuestión, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, que en el caso de las quejas promovidas con mayor frecuencia son por no respetar la jornada laboral máxima, cuya sanción por exceder la jornada laboral diaria, sin contemplar tampoco el esquema para horas extras, será de cuatro mil 811 pesos que es 50 veces la UMA, hasta los 24 mil 55 pesos que equivale a 250 veces la UMA.
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CC