De 100 a mil Unidades de Medida y Actual (UMA) de multa recibirían los patrones que a la fecha no hayan pagado el aguinaldo a sus trabajadores, como marca la Ley Federal del Trabajo, siempre y cuando estos acudan a las instancias a denunciarlo, sin embargo, en Ciudad del Carmen los empresarios del sector hidrocarburos se podrían escudar en que se ven impedidos porque Petróleos Mexicanos (PEMEX) no ha regularizado los pagos.
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Julio César Matos Pantí, presidente del Colegio de Abogados de Carmen, destacó que la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo se debe pagar antes del 20 de diciembre, siendo el 19 el último día para que los patrones cumplan con esta prestación, “sabemos que muchos lo hacen el 20, pero estarían violentando la ley que dice que debe ser antes”.
De ser el caso, el trabajador debe conciliar con su patrón sobre el pago del aguinaldo y de no llegar a un acuerdo, entablar los medios legales, asesorándose con un abogado de oficio o particular sobre qué acciones podría tomar, que serían citarlo al Centro de Conciliación Laboral y Registro Laboral, si trabaja en el ramo federal sería en el Centro Federal, pero hasta agotar los medios legales se podría recurrir a los juzgados laborales, aunque no es muy recomendable porque el afectado hasta podría perder el empleo por denunciar.
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Matos Pantí relató que en su experiencia, son varias razones por las que los patrones no pagan o no lo hacen a tiempo, puede ser la costumbre de que es el 20 o simplemente no les da la gana pagar, “en Carmen tenemos el tema de Petróleos Mexicanos que influye mucho en el pago de los aguinaldos, en el sentido de que algunas empresas dependen de lo que PEMEX les paga y actualmente muchos contratos están retenidos, esa podría ser otra excusa del patrón, dado que la paraestatal no remunera a tiempo los trabajos ya hechos”.
El presidente del Colegio de Abogados en Ciudad del Carmen, señaló que las sanciones que pudieran recibir los patrones-empresas dependerá del reporte del trabajador o que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) les haga una inspección, “se aplicarían sanciones que se determinan en UMA que van desde los 100 hasta las mil unidades, es decir, 10 mil 374 pesos a 103 mil 740 pesos, pues una UMA equivale a 103.74 pesos”.
Por íltimo, agregó que esta es la multa mínima máxima que estarían recibiendo los patrones por no cumplir con el pago del aguinaldo, pero, de antemano, debe haber un reporte a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de si visita o no a las empresas para determinar si cumplieron, a los trabajadores, obviamente que no va a pasar nada, “también es importante que los trabajadores denuncian el hecho de que los patrones no están cumpliendo con el pago de su prestación”, recalcó.
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LV