Durante el desarrollo de la vigésima primera sesión ordinaria del Congreso del Estado, fue presentada la iniciativa para crear la Ley para Protección y Conservación del Ecosistema Manglar para Campeche, así como fue aprobada por unanimidad de votos la adición de diversas disposiciones a la ley integral de personas con discapacidad de la Entidad.
“Los Estados de Campeche, Quintana Roo, Yucatán y Chiapas tienen más del 70 por ciento de su superficie en protección, lo que representa sin duda una intervención coordinada a nivel federal con los respectivos Estados, es momento de pensar en algo más sólido, en acciones continúas y resultados no sólo a largo sino también a corto plazo, con la que garantizaremos la conservación y en su caso extensión de manglares”, precisa la exposición de motivos.
La normativa que comprende de cinco títulos, doce capítulos, y 45 artículos, prevé establecer como sanción además de las que se puedan generar en materia penal o administrativa, el pago del 10 por ciento del valor total que represente la afectación, así como sanciones económicas que van desde los 150 a 400 UMAS en caso de reincidencia y clausura temporal o definitiva, total o parcial de las construcciones que afecten las zonas de manglar
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También propone la creación de un Consejo Estatal de Protección y Administración del Ecosistema Manglar, su función será primordialmente como órgano consultivo y de investigación científica que permita proponer políticas públicas que garanticen una mejora en su administración, protección, restauración y conservación de los manglares, así como proponer vedas derivado de las investigaciones realizadas.
Además, fue aprobado por unanimidad de votos la adición a la Ley Integral para las Personas con Discapacidad del Estado de Campeche, una serie de definiciones referentes a lo que en términos de ley debe entenderse por discapacidad, discapacidad física, discapacidad mental, discapacidad intelectual y discapacidad sensorial.
Todos estos, para que los sexagenarios puedan gozar de mayor cobertura respecto a las limitantes que pueden tener derivado de la longevidad que poseen, a fin de que instituciones públicas como la Secretaría de Salud (Ssa) puedan brindar atención especializada de acuerdo con los requerimientos de cada persona.
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GC