Internacional

Ley de Símbolos Nacionales: respeto y flexibilidad

Pelayo Terry Cuervo

La aprobación este sábado en el Parlamento cubano de la nueva Ley de Símbolos Nacionales, no solo hay que verla como la actualización de una norma que, con unos cuantos años ya, había quedado obsoleta; hay que entenderla como un paso hacia la adecuación a los tiempos actuales.

Varios años dedicaron expertos, especialistas, diputados y otros actores sociales a debatir el proyecto presentado a la Asamblea Nacional, y en la búsqueda de consensos se tuvieron en cuenta muchos factores, sobre todo que en la anterior norma eran más las prohibiciones que las flexibilidades para la utilización de los símbolos patrios y se restringía, en demasía, su empleo individual, fundamentalmente el de la bandera nacional.

Ahora, y quizá sea lo primordial, se establece la obligación de incorporar a los planes de estudio de todos los niveles de enseñanza el conocimiento y el respeto a esos símbolos, pero quedará en los maestros y profesores explicarlos de forma didáctica, sin dogmatismos y con sensibilidad para incorporarlos positivamente en las nuevas generaciones.

Desde hace muchos años en la sociedad cubana estaba abierto el debate sobre hasta dónde utilizar o no algunos de los símbolos nacionales, y entre críticas al uso de la bandera en desfiles de comparsas para recibir a visitantes llegados en Cruceros a La Habana, o la indignación por verla en delantales comercializados en el centro de la ciudad, o las exigencias por los altos precios en que vende, ha llegado ahora una Ley que “ordena” tan sensible tema y ofrece las herramientas necesarias para el consenso social.

Queda definido, por ejemplo, que los símbolos nacionales cuando se empleen en prendas de vestir, objetos, obras de arte y escritos, se utilizan con el mayor respeto y decoro, lo que se precisa en la actitud de consideración y defer="true"encia que debe tenerse hacia ellos por representar en sí mismos a toda la nación cubana y su historia.

En tal sentido, corresponde tener en cuenta el contexto en que se utilicen y el objeto en que pueden estar representados, mientras en prendas de vestir deben ir situados al frente o lateral de las mismas, en forma de gallardete o cinta en la parte superior frontal de pantalones o sayas, y no formar parte de pañuelos de bolsillo, ropa interior, de baño o toallas, delantales y calzados.

El objetivo ha sido, por tanto, lograr que los ciudadanos respeten y veneren a estos símbolos que sintetizan lo más auténtico de la identidad cubana y paralelamente se ha buscado flexibilizar sus usos, manteniendo el debido respeto hacia ellos.

El influjo de la avalancha globalizadora de símbolos de otros lares, con un predominio de la bandera de Estados Unidos en prendas, artículos, mercaderías y todo cuanto se les ha ocurrido, también inundó a Cuba poco a poco, y mientras las calles se llenaban de camisetas, bermudas, pañuelos de cabezas con barras y estrellas, la bandera cubana era casi imperceptible en el andar por avenidas y ciudades.

Esta nueva ley busca la reverencia, no la imposición, el respeto y el homenaje más elevado a los héroes y mártires de la patria, y a los que de cualquier modo han servido y defendido la nación, pero es también otra forma de entender la transmisión simbólica de cuanto ha representado para el país en todos estos años de formación de la nacionalidad.

La ley recién aprobada establece que, si bien existen otros símbolos patrios que son expresión de las luchas del pueblo en diferentes momentos de su devenir histórico, solo la Bandera de la Estrella Solitaria, el Escudo de la Palma Real y el Himno de Bayamo van a constituir los símbolos nacionales que representen a la nación cubana, tanto en el plano nacional como internacional.