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México

Quitarán bienes a corruptos y Crimen Organizado

CIUDAD DE MEXICO, 16 de noviembre (SinEmbargo/APRO).- El Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad reformas a los artículos 22 y 73 de la Constitución que permitirá al Estado recuperar los bienesobtenidos por delitos como corrupción, robo de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

Las reformas permitirán que dichas faltas se sumen al catálogo de delitos sujetos a extinción de dominio, informó el Senado en un comunicado; el dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis.

Las modificaciones en la legislación también permiten que las personas que afectadas puedan demostrar que los bienes que se le consignaron son de procedencia lícita.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Ramírez Aguilar, aseguró durante la presentación del dictamen que los cambios a la Constitución ayudarán a combatir “la estructura financiera de la delincuencia organizada”.

El funcionario reiteró que “la extinción de dominio permitirá al Estado mexicano recuperar bienes producto de la corrupción. Los corruptos no podrán sustraerse de la acción penal y los bienes derivados de este ilícito, el Gobierno podrá recuperarlos para devolverlos a las arcas públicas”.

El senador Miguel Ángel Mancera, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), propuso reformar el artículo 22 para que se establezcan los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio para que el Estado disponga de su uso, “usufructo, enajenación y monetización atendiendo al interés público”, además de que pueda y definir el destino o destrucción de los mismos.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Ana Lilia Rivera, opinó que la extinción de dominio no se ha aplicado con éxito, porque la Federación “no ha logrado la recuperación deseada de activos derivados de la corrupción o del crimen organizado”.

La acción de extinción de dominio se ejercerá por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisprudencial sobre los derechos reales o bienes patrimoniales de una persona, ya sea para obtener el bien o para utilizarlos en actividades delictivas, según el dictamen aprobado por el pleno del Senado.

Tal acción también se aplicará a los bienes que no puedan acreditarse y estén relacionados con investigaciones por hechos de extorsión, corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos petrolíferos y petroquímicos.

Según la reforma constitucional, la ley secundaria establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y, en su caso, la destrucción de los mismos.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el senador Oscar Ramírez Aguilar, aseguró que los cambios incorporados ayudarán a la recuperación de los activos derivados de las actividades ilícitas.

“La extinción de dominio permitirá al Estado mexicano recuperar bienes producto de la corrupción. Los corruptos no podrán sustraerse de la acción penal y los bienes derivados de este ilícito, el gobierno podrá recuperarlos para devolverlos a las arcas públicas”, argumentó Ramírez Aguilar.

En el debate, el senador panista Ismael García Cabeza de Vaca presentó una modificación al artículo 22 para incluir el delito de extorsión en el catálogo que se presenta en la ley.

A propuesta de Miguel Ángel Mancera, del PRD, se incorporó un tercer párrafo en el artículo 22 constitucional para que la ley establezca los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio.

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