* Delitos electorales, corrupción, huachicoleo, robos a casas-habitación y a transporte de carga, a la lista de delitos graves sin derecho a fianza
[gallery columns="2" link="file" size="medium" jnewsslider="true" jnewsslider_ads="true" ids="213486,213485"]
CIUDAD DE MEXICO, 20 de febrero.- La Cámara de Diputados aprobó reformas al Artículo 19 de la Constitución para incluir nueve delitos más en el catálogo de los que ameritarán prisión preventiva oficiosa, es decir aquellos donde los probables responsables serán encarcelados de forma automática si un juez determina iniciarles proceso. Esto sin necesidad de que el Ministerio Público acredite el riesgo o perfil del inculpado.
Como la lista aprobada ya había sido avalada previamente por el Senado de la República, la reforma quedó firme en el Congreso de la Unión y ahora sólo falta el aval de al menos la mitad de los Congresos estatales más uno para que entre en vigor.
La aprobación se dio con el voto a favor de 377 legisladores de los 480 que estaban presentes en el Pleno de la Cámara Baja. La mayoría a favor la conformaron legisladores de MORENA y sus partidos aliados (con algunas excepciones entre ellos) y el voto dividido de varios partidos de oposición.
¿Qué es la prisión preventiva? Cuando una persona acusada de un delito grave va automáticamente a prisión, sin derecho a fianza, hasta que finalice su juicio.
Previo a la reforma que se aprobó el martes, el Artículo 19 Constitucional sólo contemplaba una lista de seis ilícitos que eran meritorios de prisión preventiva oficiosa:
1. Delincuencia Organizada
2. Homicidio doloso
3. Violación
4. Secuestro
5. Trata de personas
6. Delitos violentos cometidos con armas de fuego.
El dictamen aprobado por el Congreso triplica esa cantidad al agregar los siguientes:
7. Uso de programas sociales con fines electorales
8. Enriquecimiento ilícito
9. Ejercicio abusivo de funciones
10. Delitos en materia e hidrocarburos (huachicoleo)
11. Abuso sexual en agravio de menores
12. Violencia sexual en agravio de menores
13. Feminicidio
14. Robo a casa habitación
15. Robo a transporte de carga
16. Desaparición forzada
17. Desaparición cometida por particulares
18. Delitos contra la Ley de Armas de Fuego
Estos son los delitos considerados ya graves y el acusado no tendrá derecho a fianza.
La introducción de los nuevos ilícitos en el catálogo de prisión preventiva oficiosa significa – como se explicó ayer en la discusión en el Congreso – que las personas que sean acusadas de ellos ante el juez y se les inicie proceso deberán ser puestas en prisión de manera preventiva, como garantía de que enfrentarán el juicio que tienen por delante.
Con anterioridad a esta reforma una persona acusada por estos delitos ya podía quedar en prisión preventiva, sin embargo, para que ello ocurriera el Ministerio Público tenía que “justificar” ante el juez la necesidad de imponer esta medida cautelar en vez de alguna de las otras 15 que contempla la ley y son menos invasivas como un arraigo domiciliario, un brazalete, entre otros.
Al convertirse en delitos de prisión oficiosa el juez de la causa está obligado a imponerla en contra del probable responsable, aun cuando legalmente continúe siendo inocente hasta que se pruebe lo contrario.
El Presidente Andrés Manuel López Obrador celebró que la Cámara de Diputados aprobara la reforma para sancionar con prisión preventiva los delitos considerados ya graves y sin derecho a fianza los relacionados con actos de corrupción, robo de hidrocarburos y electorales.
López Obrador aseguró que no estaba enterado de cómo fue la votación, no obstante reiteró que fue un paso muy importante.
“Ahora con esta reforma no van a tener derecho a fianza los corruptos. Celebro que se haya convertido en delito grave el robo de combustible; el delito electoral, que se pueda meter en prisión sin derecho a fianza a los que violan la voluntad del pueblo en lo electoral, es decir, los que compran los votos, los que utilizan el dinero del presupuesto para favorecer a partidos y candidatos, los que falsifican actas, rellenan urnas, todo lo que significa el delito electoral, ahora delito grave”.
Durante la sesión que se prolongó por casi 10 horas, los legisladores de oposición e incluso de Morena intentaron, sin éxito, frenar la discusión o interponer recursos para que no prosperara la modificación constitucional que finalmente fue aprobada. Un grupo de legisladores, principalmente del PAN, llegó a ocupar la tribuna lo que impidió por algunos momentos que continuara la discusión.
En el arranque de la sesión el grupo parlamentario del PRD solicitó que toda la sesión fuera suspendida al considerar que el procedimiento estaba viciado desde que se convocó el periodo extraordinario en enero sin dictamen.
Después, al fijar su postura, legisladores del PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y PRD presentaron argumentos en contra.
La legisladora Martha Tagle, de Movimiento Ciudadano, consideró que la prisión automática era una “sentencia sin condena” y criminalizara sobretodo a personas de bajos recursos. Dulce María Sauri del PRI calificó la propuesta como un “engaño al pueblo de México”. Enrique Ochoa, también del PRI, dijo que estaban a favor de que el MP pidiera forzosamente la prisión preventiva por los delitos que se consideraran, pero que fuera de forma justificada y que el juez tuviera derecho a concederla o no.
El diputado del PAN, Juan Carlos Romero Hicks, y la diputada del PRI, María Alemán Muñoz, entre otros legisladores, calificaron como una “simulación” todo el procedimiento de audiencias públicas pues no se recogió ninguna de sus observaciones y, al contrario, los diputados optaron incluso por retomar lo ya aprobado por el Senado desde diciembre pasado.
Varios de los diputados de oposición coincidieron en diversos argumentos en contra, entre ellos, que la prisión preventiva automática violenta el principio de presunción de inocencia, que va en contra de estándares internacionales en derechos humanos, que es una regresión, que los niveles de hacinamiento en las cárceles empeorarán, que no resuelve de raíz el problema de la impunidad.
Incluso la diputada de Morena, Lorena Villavicencio, se pronunció en contra de ampliar el catálogo de delitos de prisión automática y al igual que otros legisladores pidió que la reforma fuera en la línea de forzar al Ministerio Público a investigar y justificar las solicitudes de prisión preventiva.
“La puerta giratoria que saca a los delincuentes de la posibilidad de ser sentenciados se deriva fundamentalmente de la actuación del MP o de los policías, es en este tramo de la justicia donde se genera la impunidad. Y sí… todos estamos preocupados por la inseguridad pero no podemos presentar esto como una propuesta que va a resolver el problema de seguridad”, dijo Villavicencio.
El momento de mayor tensión se dio a las 19:30 horas, justo después de la participación de Villavicencio, cuando los coordinadores de las bancadas del PAN y Movimiento Ciudadano pidieron que se sometiera a votación electrónica la petición de la legisladora de Morena, luego de que a mano alzada ya se había rechazado.
La diputada de Morena, Dolores Padierna, quien dirigía la mesa directiva se negó a acatar dicha petición aludiendo el reglamento interno de la cámara baja que señala que la votación por tablero electrónico se tomará solo en caso de duda. Ello originó la molestia de los legisladores de posición que argumentaban lo contrario, y varios de ellos subieron a la tribuna para intentar forzar que su petición prosperara.
Después de 25 minutos en donde legisladores debatieron sobre si era procedente o no la posición Padierna se mantuvo en su posición y la sesión se reanudó entre gritos de protesta ya no solo contra el contenido de la reforma sino entre denuncias de violaciones al procedimiento.
¿Qué sigue ahora? Aprobación estatal y evaluación en cinco años
Como la minuta que mandaron los senadores fue aprobada finalmente sin cambios por los diputados, el texto quedó avalado por el congreso de la Unión. Pero por tratarse de una reforma constitucional se requiere aun del aval de la mitad de los congresos estatales más uno. Una vez cumplido ese aval el Poder Ejecutivo podrá promulgarla.
El dictamen aprobado establece en sus artículos transitorios que la ampliación del catálogo de delitos de prisión preventiva es una medida temporal y cuya efectividad deberá ser evaluada dentro de cinco años.
“La prisión preventiva oficiosa, deberá evaluarse para determinar la continuidad de su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de la vigencia del presente Decreto. En el lapso señalado en el párrafo anterior, se deberá evaluar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de esta medida cautelar, y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el gobierno federal y los gobiernos de las Entidades Federativas”, señala el dictamen aprobado.
(Animal Político)