El Congreso del Estado de México aprobó reformas al Código Penal local para castigar a quienes sometan, coaccionen u obliguen a recibir o realizar terapias de conversión, para cambiar la orientación sexual e identidad de género de una persona.
La reforma pretende sancionar con tres años de prisión, o de 25 a 100 días de trabajo a favor de la comunidad, así como 50 a 200 días de multa a quienes incurran en dichas acciones.
La iniciativa pretende reformar el artículo 211 del Código Penal para emprender dichas sanciones a quien encabece estos supuestos servicios de reconversión.
La propuesta fue aprobada en lo general y en lo particular con 53 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones.
La iniciativa fue presentada por la diputada del partido Morena, Beatriz García Villegas, quien mencionó que esta reforma va dirigida a víctimas que fueron sometidas a ese tipo de terapias, las cuales pudieron haber incrementado su riesgo de depresión, adicciones y tendencias suicidas.
“La falsa promesa de los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) cambiará la identidad de una persona ha llevado a sus víctimas a un gran sufrimiento, deterioro de salud, vidas reprimidas y muerte prematura”, afirmó.
Las sanciones aumentarán hasta en una mitad si esto se realiza contra menores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores, privadas de la libertad o que no tienen capacidad para comprender lo que sucede, así como cuando la víctima sea ascendiente, descendiente, hermano, pupilo, tutor, cónyuge, concubino o concubinario del inculpado.
Por Redacción PorEsto! RM