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Autorizan extradición de Caro Quintero

SINALOA, 31 de enero (Noroeste).- El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito declaró infundado un recurso del capo sinaloense Rafael Caro Quintero, alias “El Príncipe” o “Rafa”, con el cual reclamó el acuerdo del Juez Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Julio Veredín Sena Velázquez, de que en caso de ser detenido, sea entregado inmediatamente al Gobierno de Estados Unidos en extradición.

“Como se aprecia de la certificación secretarial de cuenta, el plazo para que la parte quejosa desahogara la prevención aludida, trascurrió del 19 al 20 de diciembre de 2019, y del 27 al 31 del mismo mes y año, sin que el promovente la hubiere desahogado debidamente. En consecuencia, se tiene por no presentada la demanda de amparo que dio origen al presente juicio”, resolvió el Tribunal federal, según el diario Milenio, que informó del hecho.

“Hoy, su futuro está en manos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el cual debe resolver solo cuestiones de legalidad para determinar si procede o no su entrega” a Estados Unidos en extradición, señaló.

EL 28 de noviembre del 2019, María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, con sede en Ciudad de México, le otorgó una suspensión de plano al capo sinaloense, y a otros de sus colaboradores, para frenar una vez más su extradición a Estados Unidos.

El 9 de octubre de ese mismo año, el ex líder del extinto Cártel de Guadalajara –organización criminal que fundó junto con Ernesto Fonseca Carrillo, “Don Neto” y Miguel Ángel Félix Gallardo, “El Padrino”– le fue negado un amparo que había solicitado contra la solicitud del Gobierno de Estados Unidos, para que sea extraditado a dicho país.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la propuesta del ministro Luis María Aguilar Morales, de negar un amparo al capo sinaloense, para que en caso de ser detenido, sea extraditado a territorio estadounidense.

“Es incuestionable que los artículos 17 y 18 de la Ley de Extradición, así como el artículo 11 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, al tener su fundamento en el artículo 119 constitucional, no pueden ser considerados inconstitucionales, como lo pretende el recurrente”, resolvió la Primera Sala de la SCJN.

Este día, la juez Núñez Solorio, concedió la suspensión de plano a Caro Quintero, solicitada por el capo el pasado 25 de noviembre, a efecto “de que las cosas se mantengan en el estado que guardan y no se ejecute la extradición de los quejosos, lo anterior, hasta en tanto se notifique a las autoridades la resolución que en su caso se emita dentro del juicio de amparo”.

Según el expediente 895/2019, Caro Quintero señala como autoridades responsables, entre otras, a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). Sin embargo, la juez Núñez Solorio dejó en claro que la suspensión de plano sólo se limitaría a paralizar los efectos de la orden de extradición por las autoridades responsables señaladas, por lo que no surtiría efectos si la orden fue dictada por autoridades distintas.

Tampoco surtiría efectos si la orden de extradición ya fue ejecutada con antelación o si se trata de hechos diversos de los expresados en la demanda de amparo; como tampoco si es emitida con posterioridad, ya que debe atenderse a que el juicio de amparo procede contra actos existentes y concretos, no probables, ni eventuales.

Asimismo, la juez Núñez Solorio dio de plazo cinco días para que los abogados del narcotraficante sinalonse especifiquen qué acto o actos son lo que reclama, ya que en la demanda de Caro Quintero, esto no se advierte con precisión.

Alias “El Príncipe” cumplía hasta agosto de 2013 una sentencia, por la que permaneció 28 años de prisión -de los 40 que tenía de condena-, por el asesinato de Enrique “Kiki” Camarena Salazar, miembro de la Agencia Antidrogas estadounidense (DEA, por sus siglas en inglés), pero logró salir de la cárcel gracias a un amparo, el cual fue revertido dos años después por la SCJN.

Mientras tanto, el Gobierno estadounidense solicitó que, de ser reaprehendido, Caro Quintero sea extraditado a Estados Unidos para comparecer ante la justicia de dicho país, lo cual fue autorizado por la SCJN el 9 de octubre de este año.

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