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Por Redacción Por Esto!
25 de Mar de 2021
2 min
Escrito por Redacción Por Esto!
El senador Jorge Carlos Ramírez Marín presentó una iniciativa en la Cámara Alta para exentar del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos de higiene menstrual como toallas sanitarias y tampones, pues consideró que es una tributación discriminatoria contra las mujeres.
De acuerdo con la propuesta del Grupo Parlamentario del PRI en el Senado, dichos artículos están gravados a una tasa del 16 por ciento, mientras que los medicamentos de patente reciben un tratamiento fiscal preferente con una tasa del 0 por ciento.
"Las necesidades de higiene de las mujeres, sin duda son una cuestión de salud pública y de respeto a sus derechos humanos; además de que la mala higiene menstrual puede causar riesgos para la salud física, también impide que las mujeres alcancen su máximo potencial cuando pierden oportunidades cruciales para su crecimiento y desarrollo”, señala el documento.
El senador Jorge Carlos Ramírez Marín aseguró que la consecuencia de este impuesto es la segregación y separación de las actividades cotidianas. Agregó que es necesario invertir en las necesidades de todas las mujeres "porque invertir en ellas es invertir en un mejor futuro para todos y todas, pero también para sus familias y para México".
“Son artículos absolutamente indispensables para las mujeres, por lo que este impuesto es una forma de discriminación. Este retiro del IVA a los productos menstruales es un acto de justicia”, aseguró.
¡Quitemos los impuestos a la menstruación!
— JC Ramírez Marín (@jc_ramirezmarin) March 25, 2021
Presenté iniciativa en el @senadomexicano para que los productos de higiene menstrual queden exentos de IVA.
Eliminar este gravamen es un acto de justicia. pic.twitter.com/1Ye4gYtzIw
Además, el texto indica que "las anteriores consideraciones toman mayor relevancia si tomamos en consideración que en México existe una brecha salarial del 16 por ciento entre hombres y mujeres en los trabajos pagados”.
Por ello, la iniciativa plantea reformar la fracción XI del Artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y modifica la fracción XI de la Ley General de Salud para establecer que quedarán libres del IVA las toallas sanitarias, compresas, tampones y cualquier otro producto destinado a la higiene menstrual.
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