Tras la solicitud de un amparo en torno a que los delitos sexuales contra menores de edad no puedan prescribir, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que iniciará su análisis para poder resolverlo.
En ese sentido, la Primera Sala de la Corte atrajo por unanimidad el amparo en revisión que propuso la ministra Margarita Ríos Farjat, luego de que una niña de nueve años denunció que fue víctima de abuso sexual por parte del director del Colegio Liceo de León, Guanajuato, entre febrero y marzo de 2018.
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Pese a que la menor tardó dos años en hablar y denunciar a su abusador debido al impacto psicológico que sufrió un juez en el estado ordenó detener al director del Colegio, supuesto agresor.
Sin embargo, la defensa presentó el amparo que ahora atrajo la Corte en el que alegó que la pena máxima para el abuso sexual en Guanajuato es de dos años y debido a que la denuncia fue presentada dos años después de los hechos, el delito ya había prescrito.
Ante ello, el Congreso de Guanajuato reformó desde noviembre de 2020 su Código Penal para establecer que este tipo de delitos ya no prescriben, pero la defensa alegó que la fecha en que supuestamente ocurrieron los hechos fue antes de la reforma, por lo que no se le puede aplicar la ley modificada.
Cabe mencionar que el amparo le fue negado, pues la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes ya establece que este tipo de delitos contra menores no pueden prescribir.
En ese sentido, la defensa del director del Colegio presentó un recurso de revisión que es el que ahora la Suprema Corte analizará y resolverá en definitiva.
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JAL