México

Ministro plantea eliminar una parte de la pregunta que vendrá en la boleta para revocación de mandato

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentó un proyecto que será discutido por el pleno de la SCJN, en torno a la pregunta que vendrá en las boletas del ejercicio de revocación de mandato
El proyecto de ministro Rebolledo sostiene que son dos preguntas en una para la revocación de mandato. Foto: SCJN

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, propuso eliminar una parte de la pregunta que vendrá en la boleta del ejercicio de revocación de mandato

De acuerdo con el ministro, la parte que se debe omitir es: “(…) o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”, del cuestionamiento en torno a la consulta que decidirá la permanencia del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador. 

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Pardo Rebolledo presentó el proyecto de sentencia sobre la acción de inconstitucionalidad pronunciada por diputados de oposición en contra de la Ley Federal de Revocación de Mandato, en cual consideró que esa parte se trata de una segunda pregunta que abre la puerta a una ratificación del cargo del presidente López Obrador. 

La pregunta a realizarse durante el ejercicio de revocación de mandato es: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”. 

El ministro Pardo Rebolledo aseguró que está parte de la pregunta “desnaturaliza el mecanismo en la intención en que fue aprobado por el Constituyente Permanente”. 

 “El problema de la pregunta surge a partir de la disyuntiva que contiene, en tanto que, por un lado, se pregunta si debe revocarse el mandato; pero, por el otro, se pregunta si es deseo que el Presidente de la República continúe su mandato hasta que termine su periodo. 

El ministro Pardo Rebolledo también consideró que “el efecto natural” de un resultado negativo en un ejercicio de revocación del mandato es que el respectivo funcionario permanezca en el cargo y continúe su mandato hasta la conclusión del periodo por el que fue electo. 

“No obstante, dicha consecuencia, por las razones ya abordadas previamente, no debe contaminar el diseño de la respectiva pregunta o de sus opciones de respuesta, sino sólo ser, en su caso, la secuela o efecto normal del resultado del ejercicio.  “Pensar lo contrario, daría al ejercicio la idea de ser un mecanismo de ratificación del mandato, noción que determinó de manera contundente eliminar el Constituyente Permanente”, agregó.

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JAL