Luego de que se presentó un amparo para retirar la alerta migratoria emitida por el Instituto Nacional de Migración (INM) en contra de Alejandro Moreno Cárdenas, líder del PRI, el titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Martín Adolfo Santos Pérez, rechazó suspenderla.
Lo anterior, debido a que el juez de distrito se declaró incompetente para conocer del amparo que promovió el también diputado federal, y ordenó turnar el expediente a un juzgado en materia penal.
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En ese sentido, detalló que cuando un órgano jurisdiccional rechaza la competencia para resolver un juicio de amparo, la concesión de la suspensión sólo es procedente cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas e incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea.
Santos Pérez aseguró que el caso de Alito Moreno no se encuadra en ninguno de dichos supuestos, por lo que no es procedente hacer un pronunciamiento sobre el otorgamiento de la medida cautelar.
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Asimismo, explicó que el exgobernador de Campeche no se encuentra privado de su libertad en ningún centro migratorio, y no alega cuestiones relacionadas a una afectación a su vida.
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JAL