México

Suprema Corte avala etiquetado frontal en alimentos y se da un paso adelante para la salud del consumidor

Andrés Manuel Löpez Obrador celebró que la SCJN validara la constitucionalidad del etiquetado frontal en alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó ecientemente la constitucionalidad del etiquetado frontal en alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas / Presidencia de la República

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado recientemente la constitucionalidad del etiquetado frontal en alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, una decisión que el presidente Andrés Manuel López Obrador ha recibido con entusiasmo. 

Durante su habitual conferencia en el Palacio Nacional, López Obrador expresó su satisfacción por el fallo, destacando su importancia para la salud pública y el derecho de los consumidores a estar bien informados sobre los productos que adquieren.

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“Celebro que la Suprema Corte haya resuelto que sí es importante para los consumidores tener información clara de lo que contienen los productos. Esto tiene que ver con la salud”, afirmó el presidente, subrayando el impacto positivo que esta medida tendrá en el bienestar de la población.

David Aguilar Romero, titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), también se pronunció favorablemente sobre esta medida, indicando que es beneficiosa para los consumidores. 

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Destacó que la intervención de la Secretaría de Salud ha sido crucial en este proceso. 

Romero explicó que numerosos productos de alto consumo han modificado sus fórmulas para cumplir con las nuevas regulaciones, lo cual, aunque inicialmente representó un costo, eventualmente ayudó a abrir nuevos mercados y mejoró la calidad de los productos disponibles.

Esta regulación exige que los productos informen claramente si exceden los límites establecidos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y otros nutrimentos críticos, conforme a lo que dictan las normativas de salud.

Recientemente, el Pleno de la SCJN rechazó un tercer amparo solicitado por empresas productoras de alimentos que argumentaban que las disposiciones de la Ley General de Salud y de la Norma Oficial Mexicana sobre el etiquetado frontal de advertencia violaban derechos fundamentales como el derecho a la salud, a la alimentación y de los consumidores a ser informados. 

La Corte desestimó estos argumentos, reforzando su compromiso con la protección de la salud pública y el derecho a la información.

Este avance en la legislación sobre el etiquetado de alimentos en México marca un paso significativo en la lucha por una sociedad más informada y saludable, acostumbrándose culturalmente a tomar decisiones más conscientes sobre su alimentación.

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