México / Elecciones 2024

INE obliga a Xóchitl Gálvez a retirar 3 spots que no cumplen con la ley

El Instituto Nacional Electoral le solicitó a Xóchitl Gálvez a retirar 3 de sus promocionales por que en ellos no se identificaba su estatus de precandidata
El INE le solicitó a Xóchitl Gálvez bajar 3 de sus spots pues no cumplían con la ley. / @XochitlGalvez

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) le solicitó a la precandidata del Frente Amplio por México, Xóchitl Gálvez, retirar 3 promocionales que incumplían con la ley.. 

Los promocionales que deberán ser retirados con: PRE REP FED HISTORIA XG V3, PRE REP FED HISTORIA XG V2, y XICHITL (sic) HISTORIA, porque en ellos no se identifica el estatus de la denunciada, constituyen posible calumnia y aparece una persona menor de edad.

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Por esta razón, la Comisión consideró, bajo la apariencia del buen derecho, que los materiales denunciados, pautados para el periodo de precampañas del actual proceso comicial federal, no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

El requisito mencionado indica que deben señalar la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez Ruiz de manera expresa, tanto por medios gráficos como auditivos; razón por la cual estimó que los materiales denunciados podrían configurar una sobreexposición de la denunciada, lo que justifica la procedencia de la medida cautelar.

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Lo anterior implica que los partidos denunciados deberán sustituir los promocionales, en un plazo no mayor a seis horas, y las concesionarias de televisión que estén obligadas a la transmisión, deberán detenerla en un plazo que no podrá exceder de 12 horas.

Respecto a la tutela preventiva, determinó improcedente ordenar al PAN y al PRD, que se abstengan de realizar todo acto de propaganda calumniosa o actos anticipados de campaña en la producción de sus promocionales en radio y televisión, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Sobre la aparente vulneración al interés superior de la niñez, el colegiado concluyó que no resulta procedente suspender dicho promocional, pues del análisis a la imagen mencionada se estima que no corresponde a una persona menor de edad. 

En lo referente a la calumnia, se estimó que ninguna de las expresiones contenidas en los spots se refiere a Morena, sino que se refieren a hechos propios de la denunciada, por lo que no hay afectación al partido, de ahí la improcedencia de ordenar el retiro.

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