Opinión

Pandemia y derecho a saber

Por Lourdes Morales Canales

Se cumplen casi siete meses desde que la Secretaría de Salud recomendó suspender temporalmente las actividades no esenciales de los sectores público, social y privado. En mayo se publicaron los lineamientos para la reactivación económica. Desde entonces se habla de una “nueva normalidad” diferenciada. Las escuelas y las universidades han pasado a la modalidad virtual o televisada. Los contactos sociales continúan restringidos. Y a pesar de la mucha evidencia científica, la utilización de cubrebocas sigue siendo potestativo.

La información en tiempos de crisis se vuelve un bien fundamental. Es la diferencia entre ignorar un caso asintomático y proteger a los más vulnerables. La diferencia entre acceder a tiempo a un servicio de salud o entrar en una agonía sin saberlo. La diferencia entre salvarse o ser sorprendido por la muerte.

El 28 de septiembre se celebró la edición 18 del Día Internacional del Derecho a Saber. Esta fecha fue premonitoriamente declarada el año pasado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, como el día del acceso universal a la información. El tema obligado fue el uso de la información en tiempos de crisis. Cómo garantizar su acceso pleno e igualitario, salvar vidas, fomentar la confianza y formular políticas sostenibles durante y después de la pandemia.

Un paso importante es conocer los datos que muestran cuándo y cómo se puede salir del aislamiento. Los tres indicadores de la Organización Mundial de la Salud son: la reducción sostenida y demostrada en número de contagios, hospitalizaciones y decesos durante dos semanas. Que este tiempo los sistemas de salud y hospitalización no se vean rebasados después de la apertura por un repunte. Finalmente, el fortalecimiento del sistema de vigilancia epidemiológica para mapear nuevos contagios.

Otro paso es tener acceso a información sobre programas de ayuda económica que hagan posible la verificación de que quienes la reciban son los que más lo necesitan. Los datos abiertos son igual de necesarios como el perifoneo en comunidades rurales.

Por ningún motivo los contextos de emergencia deben ser un pretexto para limitar derechos fundamentales. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha sido muy clara en señalar que en caso de adoptar medidas de protección extraordinarias, susceptibles de limitar derechos, las resoluciones deben ser precisas, fundamentadas y sobre todo temporales. La pandemia será todavía larga. Por eso necesitamos mayor colaboración y mejor información.