Porfirio Muñoz Ledo
La cuestión migratoria está en el centro del debate nacional tanto en México como en los Estados Unidos. Nosotros debiéramos tomar el partido que coloca por delante los derechos humanos con énfasis y determinación, ello implica en la teoría, en la ley y en la práctica afirmar con mayor vigor y congruencia el papel que nos corresponde en este debate. Los estadounidenses no pueden llamarse a engaño porque hace cuando menos 50 años que hemos postulado tanto las fronteras abiertas para nuestros connacionales, como la defensa de sus derechos en la residencia que han escogido fuera de su país.
Curiosamente la xenofobia y el racismo de Donald Trump han puesto en el primer plano la ecuación demográfica entre el Sur y el Norte. Esta será sin duda una materia inescapable en la agenda del proceso electoral que se inicia en ese país. Esperaríamos una reacción del candidato demócrata en sentido contrario. Dependerá del postulante el acento que quiera poner en este asunto, que no rebasará presumiblemente los límites marcados por los complejos de la población blanca. La discusión debiera darnos armas para la batalla histórica en la que estamos empeñados.
Pienso que según las reglas del ajedrez podríamos adelantar nuestras piezas cobrizas mientras se desenvuelve –al más alto nivel– la discusión en el país vecino. Es la razón principal por la que he extraído de mi arsenal migratorio un proyecto de reforma al artículo 11 constitucional que en su primer párrafo sostiene una tesis consistente en el “derecho de gentes”. Esta disposición se encuentra subordinada a las facultades de la autoridad judicial en los casos de responsabilidad “criminal o civil”.
Sin embargo, abre la puerta para que las autoridades administrativas establezcan “las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República”; lo que hace posible la cancelación legal de los derechos que la propia Constitución concede. Esta contradicción ilustra el análisis que he hecho durante muchos años entorno al carácter radicalmente contradictorio de nuestra Carta Magna. Una suerte de empate entre los que sostienen una posición y los que defienden la opuesta. Por ello a la Suprema Corte le corresponden decisiones materialmente legislativas.
Esta es la razón por la que he propuesto modificaciones sustantivas a ese artículo, no sólo para clarificarlo sino para recoger la esencia del derecho convencional que debemos acatar tanto por el mandato del artículo 1 relativo a los derechos humanos, como por el 133 que ordena lo siguiente: “todos los tratados celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.”
He propuesto: “la migración es un derecho humano que debe acatarse por todas las autoridades, independientemente de la condición migratoria de las personas”. Esta modificación asume “que el Estado Mexicano no criminalizará la migración irregular”. Dispone además el derecho a migrar y se complementa por el derecho a no migrar, esto es “a procurar las condiciones económicas y sociales para que sus habitantes permanezcan dentro del territorio nacional”.
El texto actual de nuestra Constitución carece de referencia al problema central del tránsito migratorio hacia los países del Norte. Tampoco contempla la realidad histórica de que “la nación mexicana trasciende sus fronteras territoriales”; la afirmación de un antiguo principio según el cual hay Estados compuestos de varias naciones y naciones que se extienden a varios Estados. Ahorro los casos a que aludo y los dejo como crucigrama al amable lector. Avanzo dos ejemplos notorios: los irlandeses en el mundo y los componentes de la Federación Rusa.
Sobre todas las tareas que señalo como obligatorias, está la conducta que nuestras autoridades deben observar respecto de los migrantes mexicanos: “promover sus vínculos culturales con nuestro país y atender conforme al derecho internacional sus necesidades en los países de tránsito y de destino y asegurar -en lo posible- la integridad de sus familias”.
Postulamos asimismo que “toda persona tiene derecho al asilo” por razones políticas e ideológicas, así como al “reconocimiento de la condición de refugiado por crisis humanitarias”; razón que explica los motivos de quienes, en su gran mayoría, ingresan por el Sur a nuestro territorio. Negar este derecho, como exigencia abusiva del gobierno de Trump, significaría clausurar nuestra independencia.