Opinión

Violencia política contra las mujeres y paridad

Por María del Carmen Alanis*

A partir del 2014 –año en que se legisló constitucionalmente el principio de paridad en las candidaturas– se obligó a los Congresos locales a armonizar sus Constituciones y leyes a dichas reformas. Las 32 legislaturas lo incorporaron sin que fuera necesario reformar ni el artículo 116 ni el artículo 122 constitucionales.

El Tribunal Electoral, a través del ejercicio de control de convencionalidad y de una perspectiva garantista, interpretó el artículo 41 constitucional, a la luz de los tratados internacionales, en el sentido de que el principio de paridad debía hacerse extensivo al ámbito municipal, en sus dos dimensiones: vertical y horizontal (TEPJF. Jurisprudencias 6 y 7 del 2015).

Del 2014 al 2019, 30 Constituciones locales consagraron el principio de paridad vertical en la conformación de las planillas de ayuntamientos mientras que las reformas de violencia política van avanzando, no como deberían, pero lo hace. 26 entidades federativas han legislado para tener regulada la violencia política. Algunas de ellas, incluso, llegaron antes que la reforma federal. De esas entidades, cuatro se encuentra sub judice por tener interpuesta alguna Acción de Inconstitucionalidad. Otras cuatro no se han publicado o se encuentran con algún veto por parte del titular de la gubernatura. En el caso de Nuevo León, el Tribunal Electoral obligó al Congreso a legislar de inmediato, y tal parece que desacatará e incumplirá con la sentencia (es su modus operandi).

Es quizá momento de pensar en que la autoridad nacional asuma ese carácter y dicte Lineamientos, que la propia ley le permite, y estandarizar criterios a lo largo y ancho del país. Esto permitiría que las autoridades locales tengan un marco de actuación más completo y claro.

La semana pasada, el INE aprobó la modificación al Reglamento de Radio y Televisión para hacer viable la operación técnica de las medidas cautelares y la disculpa pública que se ordenen con motivo de los procedimientos sancionadores en materia de violencia política. Así como para garantizar la perspectiva de género en la promoción y distribución de los materiales en radio y tv, que presenten los partidos, candidaturas y autoridades electorales.

El INE también modificó los Reglamentos de Fiscalización, así como el interior del Instituto. El día de hoy sesionará la Comisión Temporal de Reglamentos para expedir el de Quejas y Denuncias en materia de violencia política en contra de las mujeres en razón de género. Estas normas de carácter general resultan fundamentales para el parámetro de acceso a la justicia electoral, compromiso ineludible del Estado Mexicano, para garantizar la protección y ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres. ¡Enorme reto!

El TEPJF y el INE tienen enfrente la responsabilidad de garantizar el acceso de las mujeres a los cargos electorales, en condiciones de igualdad y libres de violencia. En el ámbito local, las mujeres accederán a la mitad de los 21,368 cargos en disputa. Es decir, 10,684 nuevas representantes y gobernantes mujeres. Estaremos dando seguimiento puntual y acompañando a las mujeres.

Twitter: @MC_alanis

*Catedrática de la UNAM. Presidenta de “12624 Consultoras”