Opinión

El T-MEC, algunas obligaciones

La segunda versión del tratado de libre comercio con Estados Unidos y Canadá, en vigor desde julio de 2020, es conocida en México con el acrónimo T-MEC. Llevando también agua a su propio molino, nuestros vecinos designan el acuerdo como USMCA (United States-Mexico-Canada Agreement) y los canadienses lo nombran CUSMA (Canada–United States–Mexico Agreement).

La primera versión del acuerdo comercial, la que entró en vigor a principios de 1994, es conocida entre nosotros como TLCAN (el Tratado de Libre Comercio de América del Norte), mientras que para los estadounidenses y los canadienses es NAFTA (North American Free Trade Agreement). Entre tantos nombres puede señalarse además otra curiosidad léxica: para México siempre ha sido un tratado y para las otras dos naciones siempre ha sido un acuerdo. Dicen los expertos en derecho internacional que ellos están bien y nosotros mal. Que deberíamos hablar también de un acuerdo, pues un tratado es tan solo el documento legal que establece los detalles específicos del acuerdo.

Pero al final del día lo importante no son ciertamente los nombres sino los resultados, y éstos han sido a todas luces notables. A fines de 1993, antes de entrar en vigor el TLCAN, las exportaciones mexicanas a Estados Unidos representaban menos del 7 % del total de sus importaciones. A fines del 2000, tras apenas siete años del TLCAN, la participación de las exportaciones mexicanas en las importaciones totales de Estados Unidos había crecido hasta rebasar el 11 %.

Ese incremento acelerado de la participación de México no prosiguió, sin embargo, durante los primeros años de este siglo. La razón fue que las exportaciones chinas comenzaron a desplazar a las mexicanas en el mercado estadounidense, una vez que China logró ser miembro de la Organización Mundial de Comercio en 2001. No obstante, durante los últimos años, especialmente a raíz de la confrontación comercial entre el país vecino y China, las exportaciones mexicanas han comenzado a capturar nuevos mercados. En 2019, antes de que cayera el comercio mundial por la pandemia, el porcentaje de la participación mexicana respecto a todas las importaciones estadounidenses ya había rebasado el 14 %.

Así pues, el T-MEC es un acuerdo que es vital para la economía de México, por lo que en su uso deben cuidarse todos los detalles tanto comerciales como legales. Especialmente porque el nuevo tratado, al contrario del TLCAN, tiene provisiones estrictas en materia laboral y en materia ambiental que México, le guste o no, está obligado a respetar. Esto se aplica en particular al caso de todas las empresas radicadas en nuestro país, incluidas las propias subsidiarias estadounidenses y canadienses, que pretendan que sus exportaciones hacia los otros dos países no paguen aranceles. 

Lo anterior puede ilustrarse con la reciente consulta sobre el contrato colectivo que tuvo lugar en la planta de General Motors en Silao, Guanajuato. El "charrismo" sindical está en la mira de los sindicatos de Estados Unidos y de Canadá, si no por otra razón por la creciente competencia de la mano de obra mexicana. De manera inédita, en esa planta la mayoría de los trabajadores votaron en contra de la legalidad del contrato colectivo que existía con anterioridad. Un ejercicio democrático que es un gesto de buena voluntad por parte de México hacia las otras dos naciones.