Quintana Roo

Servicios náuticos: deben tener sus permisos

Por Yolanda Gutiérrez

Se ignora cuántos prestadores de servicios se dedicarán a la renta de motos acuáticas, bananas, kayaks y demás embarcaciones a lo largo de la zona hotelera, en virtud de que no todos cuentan con los permisos correspondientes.

De hecho, incluso existen particulares que sacan provecho a un wave runner y lo rentan, especialmente los fines de semana, aunque la Capitanía de Puerto desconoce este tipo de actividad.

Además de las marinas, existen varios puntos en la Zona Hotelera donde se rentan motos acuáticas, presuntamente con todos los permisos correspondientes, entre ellos Las Perlas, Tortugas, el área ubicada entre Langosta y Pez Volador, Ballenas y Delfines, a los que se sumó posteriormente un punto de renta de wave runners cerca de la escollera de Gaviota Azul.

Aquí, los clientes abordan las motos en la mera orilla de la playa y, acompañados del piloto o en solitario, vuelan sobre el mar, pasando en ocasiones tan cerca de los bañistas que ponen en riesgo su integridad física.

En este sentido, fuentes de la Capitanía de Puerto expresaron que entre los requisitos que solicita la dependencia para obtener el permiso que autoriza el manejo de motos acuáticas es que él o los operadores cuenten con la libreta de mar vigente, de la cual están exentos quienes simplemente instalan el negocio, siempre y cuando permanezcan en tierra firme.

“Al tener motos acuáticas como negocio debe existir obviamente un permiso expedido por la Capitanía de Puerto, pero además quienes lo operan tienen que manejar cartas responsivas que los turistas firman, en las que se especifican los riesgos que en un momento dado pueden existir en el manejo de un wave runner, de tal modo que quien va a disfrutar del paseo asuma la responsabilidad”.

A pregunta expresa, las fuentes manifestaron que a la hora de rentar una moto acuática, si se trata de un menor de edad obligatoriamente debe ir acompañado de un adulto y en caso de que se trate de un turista mayor de 18 años, el prestador de servicios tiene el compromiso de vigilarlo.

“Por ejemplo, cuando son dos, tres o más las motos acuáticas que van en convoy, el operador de la moto guía tiene la obligación de cuidar de ellos y naturalmente esta persona debe contar con su correspondiente libreta de mar”.

En lo que respecta a la libreta de mar, las fuentes comentaron que es como la licencia de manejo para quienes operan algún tipo de embarcación y, en teoría, todo el que maneje una embarcación, aunque sea con fines recreativos y de manera esporádica, debería tener el documento.

“Pero no es tanto la libreta de mar en sí lo que importa, sino la capacitación que se imparte para su obtención; entre los puntos que se tratan destacan las medidas de seguridad para salvaguardar la vida humana en el mar, las medidas de seguridad en la prevención de accidentes, conocimientos básicos de primeros auxilios y conocimientos de lo que es una embarcación, además de saber apreciar el estado del clima”.