Quintana Roo

Leyes contra despojos deben ser más severas en Benito Juárez, según abogado

Las penas aplicadas contra el delito de despojo van de seis meses a seis años de prisión y de 25 a 250 días de multa
Abogado detalla que la ley contra despojos debe ser más severa en Benito Juárez. / Rubén Cruz

La falta de un castigo ejemplar hace que el delito de despojo sea recurrente en Quintana Roo, de acuerdo con el licenciado litigante y expresidente de la Barra de Abogados de Cancún, Luis Esquivel Orozco, quien reconoció que hace falta endurecer las leyes en ese rubro en la entidad.

El abogado explicó que la ley en materia inmobiliaria en la entidad se enfoca en devolver la posesión al propietario, pero no considera un castigo severo para quienes ejercen el despojo, por lo que en es un delito que se comete de manera reiterada en la entidad y en el municipio de Benito Juárez.

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Explicó que el delito de despojo significa ingresar a una propiedad por la fuerza e intentar acreditarse la propiedad con engaños o sin el consentimiento del legítimo propietario.

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Destacó que en el nuevo sistema de justicia penal existen medidas alternas para solucionar el problema, lo que permite que en la mayoría de los casos los invasores sólo desocupen la propiedad sin mayores consecuencias.

Detalló que una de las agravantes es que el presunto invasor rompa los cerrojos o ingrese a la propiedad con violencia, por lo que se debe seguir un proceso para las autoridades que imparten justicia para que impongan la sanción correspondiente.

Aseveró que las decisiones judiciales deben ser más estrictas para que no se dé ese tipo de conductas, debido a que en la entidad es casi del diario que haya casos de despojos en sus diferentes modalidades.

“Considero que las decisiones judiciales deben ser más estrictas para que no se den este tipo de conductas que suceden todos los días en el estado y en Benito Juárez, porque existen personas dedicadas a eso, a entrar por la fuerza y ocupar el bien inmueble sin tener mayor sanción en la mayoría de los casos que sólo desocupar el lugar”, enfatizó el litigante.

Agregó que en el caso de las casas de interés social, existe un contrato hipotecario que aunque el propietario de la propiedad no esté al corriente en sus pagos continúa vigente por determinado tiempo, dependiendo de la dependencia o institución en la que se haya solicitado el crédito y es suficiente sólo presentar el contrato para acreditar la propiedad de la vivienda y denunciar el despojo.

El Código Penal del Estado de Quintana Roo establece que se aplicará prisión de seis meses a seis años y de 25 a 250 días de multa, al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo o engañando a éste, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca, o impida materialmente el disfrute de uno o de otro; ocupe un inmueble de su propiedad que halle en poder de otra persona por alguna causa legítima o ejerza actos de dominio que lesione los derechos del ocupante.

MR