El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) ordenó al Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) realizar con recursos propios la consulta popular sobre la permanecía de la empresa Aguakan como prestadora de servicio de agua potable en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad, Isla Mujeres y Puerto Morelos.
En sesión no presencial, los magistrados del Teqroo confirmaron la negativa de la Secretaria de Finanzas y Planeación (Sefiplan) de dotar de recursos para realizar la consulta popular sobre la permanencia de la empresa Aguakan en municipios de la zona norte de Quintana Roo y ordenó al Ieqroo ajustar su presupuesto y realizarla de acuerdo con lo programado.
Lo anterior al resolver el Juicio Electoral derivado de Consultas, identificado con el número de expediente JEC/001/2021, que presentó el Instituto Electoral de Quintana Roo en contra de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo y la negativa de asignar los recursos económicos para la ejecución de Consultas Populares en los Municipios de Benito Juárez, Solidaridad, Isla Mujeres y Puerto Morelos.
En este asunto, la magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto particular concurrente con el afán de precisar que el Ieqroo prevea los mecanismos de seguridad en el papel a utilizar en la referida consulta popular.
Cabe recordar que el Ieqroo solicitó recursos extraordinarios por 21 millones de pesos a la Sefiplan para llevar a cabo dicha consulta el día de las elecciones del 6 de junio; sin embargo, la secretaria de finanzas negó la ampliación presupuestal justificando falta de recursos por baja recaudación.
Posteriormente el Ieqroo presentó una impugnación ante el Teqroo para obligar a la Sefiplan a dotar de dicho recurso; no obstante, los magistrados ordenaron que ahora sea el Ieqroo quien con su presupuesto de este 2021 que es de poco más de 363 millones de pesos lleve a cabo la consulta popular.
Resuelven queja por violencia política en razón de género.
En la sesión transmitida por videoconferencia, se atendió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/010/2021, que interpuso Martha Bella Reyes Mejía en contra de Adrián Sánchez Domínguez, regidor del Ayuntamiento de Othón P. Blanco y conductas relacionadas con supuesta Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género.
Al respecto, el Pleno del Tribunal, por unanimidad de votos determinó la inexistencia de la infracción atribuida a Sánchez Domínguez, toda vez que de las pruebas analizadas no se acreditaron las supuestas conductas infractoras.
CG