El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), decretó inexistentes las conductas relacionadas con supuesta Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género cometida en contra de Yensunni Idalia Martínez Hernández.
El Pleno de este Tribunal determinó declarar la inexistencia de las conductas denunciadas y atribuidas a los ciudadanos María del Carmen Sánchez Jaime, Milton Candelario Conde Martín, Brayan Adrián Encalada Canela y Luis Gamero Barranco por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en agravio de la síndico municipal de Othón P. Blanco y ahora candidata a la sindicatura municipal por la Coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, la ciudadana Yensunni Idalia Martínez Hernández.
La determinación se emitió al resolver el Procedimiento Especial Sancionador, PES/011/2021, que interpuso Martínez Hernández en contra de Gamero Barranco y otros, por conductas relacionadas con supuesta Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género.
En esta misma sesión del Teqroo también se resolvió el Recurso de Apelación, RAP/014/2021, que presentó Raúl Fernández León en contra de la Dirección Jurídica del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo de fecha 16 de abril de 2021, emitido por el Director Jurídico del Ieqroo, mediante el oficio DJ/526/2021 del expediente IEQROO/PES/013/2021, relacionado con un diferimiento de pruebas y alegatos.
Este asunto, por unanimidad de votos fue desechado de plano, toda vez que el acto reclamado forma parte de un Procedimiento Especial Sancionador y no es definitivo ni firme, por lo que no existe una afectación irreparable al hoy actor, dejándole a salvos sus derechos para que en el momento en que adquiera firmeza el referido procedimiento y de así estimarlo, realice la denuncia conforma a derecho corresponda.
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MA