Luego de la polémica que surgió a raíz del ingreso de las Fuerzas Armadas a la terminal portuaria concesionada a Calica en abril del 1987, conocida como Punta Venado, se tiene el antecedente que esta empresa no había cumplido con lo estipulado en esa concesión.
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Como se recordará, la empresa Cementera Mexicana (Cemex) acusó a la filial de Vulcan Materials Company de tener dificultades desde finales de 2022 para tener acceso a la terminal e instalaciones, donde se encuentran activos y productos de esa empresa, por lo que presentó una demanda ante un Juzgado Civil local, que otorgó las medidas cautelares para que la compañía mexicana pudiera seguir con sus operaciones durante el litigio pendiente.
En este sentido, cabe señalar que cuando se le otorgó la concesión a Calica, se le obligó a realizar los trabajos necesarios para la formación de una dársena y terminal de transbordadores que manejaría la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; asimismo, se le sujetó a donar seis hectáreas de terreno para la construcción de instalaciones terrestres complementarias de la terminal de transbordadores.
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De hecho, el 16 de mayo de 1991 fue celebrado un contrato de donación a título gratuito, de 6.10575 hectáreas, al Gobierno Federal, entre el Banco del Atlántico, S.N.C., en calidad de donante y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de sus representantes del Órgano Desconcentrado Puertos Mexicanos, en carácter de donataria, para dar cumplimiento a la cláusula sexta, párrafo tercero, del Acuerdo celebrado el 6 de agosto de 1986, en el cual citaba: “La empresa donará a título gratuito a la SCT la superficie de terreno necesaria para la construcción de las instalaciones terrestres complementarias de la Terminal de Transbordadores, misma que será de 6 hectáreas; esto a partir de la fecha en que se adquiera por la empresa la posesión legal del terreno”.
El 7 de junio de 1994 la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, mediante oficio 510.108, autorizó a la empresa Calizas Industriales del Carmen, S.A. de C.V., el inicio de las obras de construcción de la terminal portuaria de uso público, de acuerdo con el proyecto ejecutivo aprobado.
Sin embargo, el 15 de agosto de 2001 el entonces Senador Wadi Amar Shabshab, envió un oficio a Francisco J. Ávila Camberos, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para hacer de su conocimiento la problemática persistente del caso Calica, señalando que incumplió la concesión que le otorgó el Gobierno Federal por conducto de la citada dependencia.
Pedían facilitar movilidad
Lo anterior requería facilitar la comunicación entre Punta Venado y la isla de Cozumel, en virtud que los transbordadores que transportaban mercancías no podían utilizar las instalaciones concesionadas y tenían que efectuar el cruce hasta Puerto Morelos, lo que implicaba mayores costos y tiempos de recorrido.
En este sentido, el 18 de septiembre de 2001, Hugo Cruz Valdés, entonces Director General de Puertos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, envió el oficio número 115.1527.01, al Senador Wadi Amar Shabshab, donde informaba que se llevaron a cabo diversas reuniones de trabajo con los representantes de Calica sin resultados concretos; motivo por el que mediante acto de autoridad de acuerdo a las facultades conferidas, procedió a girarle a esta empresa un oficio en el que se le instruía para que de inmediato pusiera a disposición de los transbordadores en la ruta Punta Venado-Isla Cozumel y viceversa, sus instalaciones, con el apercibimiento de ley.
El 24 de octubre de 2001, el mismo Hugo Cruz Valdés envió un oficio a Armando Real Rueda, Gerente General de Calica, en aquella época, para poner de inmediato a disposición de los transbordadores en la ruta Punta Venado-Isla Cozumel y viceversa, las instalaciones de la terminal portuaria de uso público concesionada, sin restricción alguna, dándoles preferencia sobre cualquier otra embarcación y con la advertencia que de no acreditar lo antes señalado se le impondría una multa hasta por el equivalente de 200 mil salarios mínimos.
Los acusaron de desacato
Asimismo, la autoridad estimó que podía haber desacato al requerimiento que le fue formulado, con violación a las condiciones primera, inciso b), tercera, undécima y vigesimotercera, incisos a) y d) del título de la concesión; así como a los Artículos 10, fracción I, 16, Fracción VIII, 33, Fracciones I y XIV y 65, Fracciones I, VI, X y XIII de la Ley de Puertos y 132 de su Reglamento, por lo que se le comunicó el inicio del procedimiento administrativo de sanción en contra de esa concesionaria.
Las quejas de parte de la Naviera Chankanaab, en el sentido que Calica no le permitía el uso de la infraestructura que tiene concesionada para uso público de transbordadores, ni le proporcionaba los servicios portuarios en las condiciones prescritas en los Artículos 44 y 45 de la Ley de Puertos, motivaron ese procedimiento, que inició el 22 de enero del 2002.
En consecuencia, el 13 de junio de 2002, la Coordinación General de Puertos, a través de la Dirección General de Puertos, estableció las “Reglas particulares para la operación de los transbordadores en la terminal de uso público concesionada a la empresa Calica, localizada en la Terminal Portuaria de uso público fuera de Punta Venado”.
Sin embargo, y pesar de este antecedente, Calica ahora intentó afectar a otra empresa para hacer uso de esta terminal pública concesionada por el Gobierno Federal.
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