Quintana Roo / Sucesos

Le dan prisión preventiva al hombre que baleó a su padre en Cozumel

Rafael “C” alias "Cachamocos", fue trasladado al Cereso de Cozumel donde deberá seguir su proceso por el delito de homicidio culposo.
Rafael “C” podría pasar de 20 a 40 años recluido en prisión por el asesinato de su padre. / Karina Carrión

Rafael “C”, alias "Cachamocos", fue vinculado a proceso por el delito de homicidio culposo contra su padre Rafael “C”, quien fuera ultimado con un impacto de arma de fuego, por lo que fue trasladado al Cereso de Cozumel en tanto continúa su proceso relacionado con la carpeta administrativa 86/2020.

Elementos del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo en Cozumel realizaron la vinculación a proceso de Rafael “C”, por el delito de homicidio doloso en agravio de su progenitor, debido a que los fiscales formularon la imputación luego de presentar la evidencia recabada en el lugar de los hechos, que ocurrieron el pasado 12 de noviembre en una casa de la colonia San Miguel II.

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Como se recordará, el pasado jueves se registraron los hechos en los que presuntamente el señalado habría realizado un disparo de arma de fuego calibre 22, que impactó a su padre quien perdió la vida, para luego darse a la fuga de manera inmediata. Los vecinos del lugar solicitaron el auxilio de la Policía Quintana Roo quienes lograron su aseguramiento de manera oportuna, luego de que el delincuente se escondiera en un lote baldío, donde fue capturado.

La Fiscalía General del Estado local informó que el juez impuso prisión preventiva para Rafael “C”, alias Cachamocos, como parte de una medida cautelar, otorgando a la representación social el periodo de un mes para el cierre de investigación complementaria.

Tal y como se ha dado a conocer, el señalado podría alcanzar de 20 a 40 años de prisión, así como una multa de doscientos a dos mil quinientos días de sanción, de acuerdo al artículo 88 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, toda vez que en este se refiere que: “Al que dolosamente prive de la vida a cualquier ascendiente o descendiente en línea recta, cónyuge, concubino o concubina, hermano o hermana, adoptante, adoptado u adoptada con conocimiento de ese parentesco o relación se le impondrá de veinte a cuarenta años de prisión y de mil doscientos a dos mil quinientos días multa”.

Por Karina Carrión