Yucatán

Juez resuelve suspensión definitiva de la mega granja en Homún

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La Juez del 4º Distrito, Míriam Cámara Patrón, resolvió que la mega granja que ya opera en Homún debe suspender sus labores de manera definitiva, lo que significa sacar los 35 mil cerdos que fueron llevados al lugar.

Asimismo, le dio al Gobierno del Estado y a Seduma 3 días para informarle sobre las acciones que tomarán para dar cumplimiento a la sentencia, informó la organización Ka’anan Ts’onot (Guardianes de los cenotes), conformada por pobladores de Homún, y sus abogados.

“La sentencia de la suspensión definitiva y la orden de paralizar la operación de la granja fue contundente por parte de la juez y aunque la empresa puede interponer recursos de revisión, no apagan ni suspenden la orden; la empresa debe acatar y esto significa un respiro para seguir con las batallas, porque esto es parte del juicio de amparo de 6 niños, niñas y adolescentes de la comunidad maya de Homún, a quienes se les violan diversos derechos como el medioambiente, la salud, el agua, el derecho al desarrollo, así como derechos de los pueblos originarios”, explicaron abogados de la organización.

Agregaron que los días en términos legales son hábiles y corren a partir de la notificación, por lo que previeron que para el lunes haya información al respecto.

POR ESTO! informó que el pasado martes 9 de octubre se realizó la audiencia sobre la suspensión definitiva de la granja en los tribunales federales y ahí la juez ordenó la inspección judicial de la granja por funcionarios del Juzgado Cuarto de Distrito para determinar su decisión final.

De acuerdo con la información emitida por la organización, los resultados de la inspección derivaron en la suspensión definitiva y la juez pidió que el Gobernador del Estado y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (Seduma) ordenen la inmediata paralización de la granja porcícola propiedad de la empresa “Producción Alimentaria Porcícola” (PAPO).

“La juez basó su resolución en tres puntos principales: que la suspensión no afecta el interés público, sino por el contrario, es una medida tendiente a garantizar el interés de la sociedad porque se conserve el medioambiente sano, el derecho a una vida digna, al agua y al equilibrio ecológico. En ese sentido, la juez consideró que de continuar el funcionamiento de la granja, se podrían provocar “perjuicios de difícil reparación”.

“Uno de los elementos que se pudo corroborar durante la inspección judicial efectuada el día 9 de octubre por funcionarios del Juzgado Cuarto, y que sirvió de argumento a su titular para emitir la suspensión definitiva, fue que la planta de tratamiento de aguas se encontraba inconclusa, situación que podría significar un riesgo inminente de afectación al medioambiente dado que podrían descargarse en la región aguas sin el adecuado tratamiento en una zona especialmente sensible como lo es la denominada reserva geohidrológica “anillo de los cenotes” declarada área natural protegida”, informaron en el comunicado.

El segundo punto es que aunque existía una presunción de que la granja operaba con los permisos necesarios, resultaba prioritario hacer efectivo el principio de prevención y precaución que establece que cuando en la implementación de una tecnología o proyecto haya un peligro de daño grave o irreversible para el medioambiente o la salud, aun ante la falta de certeza científica, es necesario adoptar medidas eficaces para evitar ese daño.

“Dicho riesgo se corroboró con diversos estudios científicos ofrecidos por los representantes legales de la comunidad de Homún que señalan las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de contaminación de las aguas subterráneas de la península de Yucatán. En ese sentido, para la Juez Cuarto la granja de cerdos podría poner en riesgo la pureza y utilidad del agua en la región, pues es sabido que establecimientos como la granja en cuestión generan un gran impacto ambiental. La juez incluso advirtió que, de no cumplirse con el principio de precaución, se podría generar responsabilidad internacional por parte del Estado mexicano”.

Y el tercero es que resultó evidente que en ninguno de los permisos y autorizaciones otorgados a la granja porcícola se respetó el derecho a la consulta y participación, establecido tanto la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas como el Convenio 169 de la OIT y diversas jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que obliga a realizar consultas de buena fe con las comunidades indígenas con el fin de llegar a acuerdos u obtener su consentimiento sobre determinaciones que les afectan.

“La juez también destacó que en el presente caso los quejosos eran menores de edad, razón por la cual también tenía que considerarse el interés superior de la infancia como un elemento indispensable para decretar la suspensión definitiva.

“La suspensión fue notificada ayer (miércoles) pero hoy jueves estará notificando a la empresa y al gobierno y se da el plazo de 3 días para que el Gobernador del Estado y la Secretaría de Desarrollo Urbano informen de los actos que han realizado para cumplir con la determinación judicial, es decir, las acciones que han efectuado para garantizar el cese de actividades de la granja, advirtiéndoles que en caso de no hacerlo, podrían estar sujetos a responsabilidades administrativas e incluso penales además de multas respectivas”, informaron.

El proceso legal no termina

Los abogados de la organización recordaron que el 1 de octubre el Juzgado Cuarto de Distrito había determinado la suspensión provisional de la granja, lo cual no fue acatado y se verificó en la inspección judicial del pasado 9 de octubre.

“Es preciso recalcar que, tal como lo recordó el Juzgado Cuarto de Distrito, la violación a la orden de suspensión constituye un delito de conformidad con el artículo 262 fracción III de la Ley de Amparo, situación que es fundamental tener presente frente al señalamiento hecho a la empresa y las autoridades de haber incumplido la suspensión provisional dictada el 1 de octubre por la misma Juez Cuarto”.

Asimismo recalcaron que esta suspensión definitiva de operaciones de la empresa no es el final del caso, ya que es parte de un juicio de amparo.

“Aunque la suspensión decretada el día de ayer no significa la culminación del juicio, sí garantiza que la paralización de las actividades de la granja estará vigente mientras dure el proceso ante el Juzgado Cuarto, cuya audiencia constitucional se efectuará a mediados de noviembre.

“El juicio de amparo cuyo expediente es el 1128/2018 fue presentado el día 28 de septiembre del presente año por 6 niños, niñas y adolescentes de la comunidad maya de Homún, reclamando el funcionamiento y operación de una granja porcícola con capacidad para 49 mil cerdos, y en consecuencia la violación a diversos derechos como el medioambiente, la salud, el agua, el derecho al desarrollo, así como derechos de los pueblos originarios”.

Y continúan abiertos otros juicios de amparo por parte de la organización y sus abogados como el de la no consulta, previo a la obra, a la no libre determinación, a la revisión de la MIA y del Tribunal Administrativo al no dar cabida a la voz del pueblo de Homún.

(Verónica Martínez)