Dra. en Arq. Yolanda Fernández Martínez
Pensando con la Ciudad
¿Instituto o Secretaría de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial para Yucatán?
III
Aprovechando el hecho de que en el proceso de consulta Decide Mérida para la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, los temas más recurrentes fueron movilidad y sustentabilidad, habría por tanto que realizar un gran ejercicio de sincronía y sintonía entre las escalas territoriales de Mérida, su zona metropolitana y la entidad, así como de la comprensión de los peculiares fenómenos urbanos que generan inconmensurables problemáticas de movilidad. Por lo que habría que establecer una estrategia asertiva en la que los “estudios de impacto vial” cambien su conceptualización y alcance para convertirse en verdaderos estudios de movilidad urbana y a su vez, se vinculen con la “factibilidad urbana ambiental” y los desarrollos inmobiliarios en propiedad de régimen de condominio horizontal.
El pasado miércoles 19 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial del Estado de Yucatán el Decreto 17/2018 por el que se regula el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial y esta tercera parte de la reflexión estará dirigida a analizar los alcances de dicho documento y sobre todo de la importancia que representa contar con este ente gubernamental al cual le corresponderá unir dos temas prioritarios para el nuevo rumbo que asumirá el Estado de Yucatán: la movilidad urbana y la planeación del territorio.
La ciudad de Mérida, con su zona metropolitana, ha experimentado cambios significativos en la última década. El hecho de ser considerada la ciudad más segura para vivir en el país, con otras características que ofrecen una mejor calidad de vida, así como una gran campaña de marketing urbano que vemos en sitios estratégicos como lo son las revistas de las principales líneas áreas, van de la mano con importantes inversiones inmobiliarias tanto del sector de la vivienda, como de los del comercial, servicios y turísticos. De tal manera que tenemos más gente viviendo en la ciudad y a la par una expansión urbana desbordada.
Sin embargo, ésta es sólo la realidad de lo que rodea a la ciudad de Mérida. Además, tenemos que observar las grandes deficiencias urbanísticas y de movilidad que experimenta el resto de la entidad, donde podemos encontrar comunidades aisladas que dependen de una bicicleta o triciclo para poderse desplazar o acaso de algún medio de transporte público con pocas opciones de traslado. Asimismo, la distribución de infraestructuras, equipamientos, escuelas, clínicas, centros culturales y recreativos, mercados y fuentes de trabajo, no corresponde a una lógica diseñada para abatir las diferencias sociales, sino más bien a una que responde a la oferta y a la demanda. Por tanto, el territorio es el gran lienzo para hacer negocios. Lo cual no estaría mal siempre y cuando, las instituciones y los instrumentos normativos se enfoquen a una distribución justa de las cargas y beneficios que se generan cada vez que se autoriza un gran desarrollo inmobiliario. Porque de lo contrario, se seguirá invirtiendo donde hay capitales privados, y en aquellas zonas donde a nadie le apetece invertir, seguirán siendo marginados.
En virtud de lo anterior, Yucatán y su gran y única zona metropolitana se enfrenta a un gran desafío. ¿Cómo establecer la vinculación entre las autorizaciones inmobiliarias y sus impactos en la movilidad urbana? Como hemos mencionado previamente, no se precisa a lo largo del Decreto 17/2018 por el que se regula el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial el concepto de movilidad urbana sustentable y tampoco se hace referencia a los estudios de impacto vial, cuyo objetivo es el de analizar individualmente las consecuencias que cada nuevo desarrollo inmobiliario tendrá en sus vialidades inmediatas, dejando a la deriva los graves impactos que se generan con la sumatoria de autorizaciones, toda vez que nunca se analizan las consecuencias de determinadas zonas con la totalidad de los desarrollos inmobiliarios, más los que están en proceso de autorización. Sin embargo, sí se precisa en el inciso XII del Artículo 4 de las atribuciones del Instituto lo siguiente:
XII. Coadyuvar en el análisis y dictamen de la factibilidad urbano ambiental que emite la Secretaría de Desarrollo Sustentable, previa solicitud de ésta, en términos de la Ley de Desarrollos Inmobiliarios del Estado de Yucatán y la Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán; y evaluar y dar seguimiento, dentro del ámbito de su competencia, al impacto urbano o regional de obras y proyectos que generen efectos en el territorio de uno o más municipios del estado.
Como consecuencia y aprovechando el hecho de que en el proceso de consulta Decide Mérida para la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, los temas más recurrentes fueron movilidad y sustentabilidad, habría por tanto que realizar un gran ejercicio de sincronía y sintonía entre las escalas territoriales de Mérida, su zona metropolitana y la entidad, así como de la comprensión de los peculiares fenómenos urbanos que generan inconmensurables problemáticas de movilidad. Por lo que habría que establecer una estrategia asertiva en donde los “estudios de impacto vial” cambien su conceptualización y alcance para convertirse en verdaderos estudios de movilidad urbana y, a su vez, se vinculen con la “factibilidad urbana ambiental” y los desarrollos inmobiliarios de régimen de condominio horizontal. Finalmente, el gran desafío del Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial radicará en lograr la cuantificación del logro de sus objetivos con visión a largo plazo, para garantizarnos a todos, mejores condiciones de movilidad urbana y una distribución más equitativa y justa de las cargas y beneficios que generan las inversiones inmobiliarias en la entidad.