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El Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa en Yucatán rechazó la recusación del perito Jesús Arcadio Lizarraga Veliz, subdelegado de la Profepa, por considerar que su parcialidad no causa un daño irreparable.

Los jueces Luisa García Romero, Jorge Enrique Edén Wynter García y Pablo Jesús Hernández More, que conforman el Tribunal, determinaron que la decisión del Juez 2o. de Distrito para asignar como perito del caso de la mega granja porcícola de Homún a Jesús Arcadio Lizárraga Veliz, de la Profepa, no era necesario recusarlo como lo solicitaron los abogados de Kanan ts’ono’ot (Guardianes de los Cenotes), a pesar de que fue el mismo que participó en la clausura de los cenotes en Homún.

Ayer se informó que los abogados del caso Homún solicitaron 2 veces al Juez 2o. de Distrito que cambiara al perito de la Profepa, nombrado para el caso; sin embargo, el Juez lo rechazó y los abogados impugnaron ante el Tribunal. Ayer el Tribunal determinó que no es necesaria la recusación y deberán esperar el dictamen del perito y la respuesta del Juez 2o. de Distrito.

Juicio de amparo

Se recordó que el juicio de amparo 1389/2017 fue promovido por Kanan ts’ono’ot para defender el derecho a un ambiente sano para los mayas de Homún al enfrentarse a una mega granja porcícola que se encuentra instalada en la zona de recarga de la “Reserva Geohidrológica Anillo de los Cenotes”.

El juicio es contra la Manifestación de Impacto Ambiental otorgada por la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (Seduma), ahora Secretaría de Desarrollo Sustentable, a la empresa Producción Alimentaria Porcícola, S.P.R. de R.L. de C.V. (PAPO), aparcera del Grupo Porcícola Mexicano.

“Para esto, el juez Rogelio Eduardo Leal Mota solicitó un peritaje a la Procuraduría Federal de Protección Ambiental (Profepa) con el fin de determinar si la autorización de la MIA transgrede o no el derecho a un ambiente sano, así como la afectación que pudiera haber en las aguas del anillo hidrológico y asignó al perito que clausuró los cenotes en Homún.

Acto de parcialidad

“Un perito que clausuró, junto con otros funcionarios de la Profepa, los cenotes de quienes promueven dicho juicio, es un acto de parcialidad que pone en riesgo el derecho a la salud del pueblo maya de Homún”, informaron los abogados y la organización.

La negativa del Tribunal significa que ahora deberán esperar al dictamen que entregue el perito de la Profepa y la respuesta que dé el juez.

El Juez 2o. de Distrito es el mismo que negó el amparo, el cual tuvo que ser concedido por el Tribunal Colegiado en Materias del Trabajo y Administrativa, instancia que señaló que era necesario reponer el procedimiento, es decir, que había que recabar pruebas nuevas.

(Verónica Martínez)

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