La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) estableció las medidas para proteger la industria porcícola de la fiebre porcina, que es letal para los animales y que impactaría severamente al sector en caso de presentarse.
“El propósito es proteger a la industria porcina mexicana, que representa el 6.8 por ciento de la producción pecuaria y genera una producción de 1.44 millones de toneladas de carne al año, con valor superior a 62 mil millones de pesos”.
A través del Diario Oficial de la Federación, la dependencia federal informó del “Acuerdo por el que se establecen las medidas zoosanitarias para prevenir la introducción del virus que causa la peste porcina africana al territorio de los Estados Unidos Mexicanos”.
El acuerdo formaliza las medidas que el Senasica aplica desde el año pasado para evitar la entrada de esta enfermedad al territorio nacional, ya que no hay vacuna contra ella.
Importaciones al margen
Las primeras medidas se refieren a las importaciones.
“De conformidad con el artículo 26 de la Ley Federal de Sanidad Animal, queda prohibida la importación al territorio nacional de las siguientes mercancías: cerdos vivos, especies susceptibles, semen y embriones de cerdo, vehículos o contenedores en los que se transporten maquinaria y equipo usado en dichos animales, así como de productos y subproductos de cerdo provenientes o que hayan transitado por países o regiones con brotes o casos positivos a peste porcina africana publicados ante la OIE”.
La aplicación de las medidas responde a los brotes de la enfermedad que se han presentado desde el 2018 en Bélgica, Bulgaria, Chad, Costa de Marfil, Hungría, Letonia, Moldavia, Polonia, República Checa, Rumania, Rusia, Sudáfrica, Ucrania, Vietnam y Camboya, así como al Noreste de la República Popular de China.
Las medidas zoosanitarias establecidas en el acuerdo están basadas en principios científicos y en recomendaciones internacionales, así como en análisis de riesgo elaborados por los técnicos con base en la situación zoosanitaria de las zonas geográficas afectadas, de las colindantes y de aquellas con las que existe intercambio comercial.
Control turístico
Entre las medidas establecidas para minimizar el riesgo se encuentran la eliminación adecuada de los restos de comida de aviones, buques y vehículos, así como de aquellas mercancías transportadas por personas originarias o procedentes de países afectados.
“Son objeto de regulación e inspección el ingreso al territorio nacional –por la vía marítima, terrestre, aérea o postal– los cerdos domésticos, salvajes y de especies susceptibles a la fiebre porcina, sus productos y subproductos, así como aquellas mercancías que funjan como reservorios, vehículos mecánicos o fómites, que pueden ser fuentes de contagio del virus para la piara nacional y alimento para cerdos”.
En materia de revisión turística, el acuerdo menciona que debe desinfectarse el calzado de la tripulación y los pasajeros que arriban en vuelos o embarcaciones internacionales, ya sea comerciales o privadas, mediante el uso de tapetes sanitarios o por asperjado con desinfectantes.
Debe, además, inspeccionarse el equipaje de la tripulación y los pasajeros que arriban a los puntos de ingreso al territorio nacional, a través de Rayos X, unidad canina, observación directa o declaración del usuario, en caso de detectar mercancías que representen un riesgo se procederá a su retención para su disposición sanitaria.
“Se prohíbe la descarga de desechos orgánicos que representen riesgos sanitarios, provenientes de vuelos originarios o procedentes de países con presencia de la fiebre porcina o considerados de riesgo por la Secretaría; y se pide la aplicación de sellos en los puertos marítimos, a los almacenes de alimentos de las embarcaciones”.
A revisión
Se establecen además las reglas para la inspección y verificación de unidades de producción, cuyos responsables deberán otorgar al personal debidamente acreditado de la Secretaría las facilidades indispensables para el desarrollo de la inspección.
“Es importante recordar que la fiebre porcina es una enfermedad infecciosa del cerdo, es causada por un asfivirus altamente contagioso para esos animales, tanto domésticos como salvajes. No es transmisible para los humanos.
“Los cerdos pueden enfermarse por el contacto directo con animales infectados y sus fluidos, y por vectores (artrópodos, como la garrapata, que transporta el virus de un animal infectado a otro, a sus alimentos o al entorno inmediato)”.
(Verónica Martínez)