Con el objetivo de sensibilizar a los servidores públicos del Poder Judicial en torno al principio que favorece a las víctimas cuando solicitan una orden de protección de emergencia, la Unidad de Igualdad de Género del Poder Judicial del Estado inició el taller “Medidas contra la violencia doméstica” que imparte el magistrado Jorge Rivero Evia, presidente de la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia.
En la primera jornada de este taller que se realizó el pasado lunes 2 de septiembre y continuará el próximo día 9, estuvo presente el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Ricardo Avila Heredia, así como magistradas, magistrados, jueces y personal de los juzgados, quienes reafirman, de este modo, los criterios y elementos que deben considerar cuando se presenta una solicitud de este tipo de medidas con base en la ley, pero también en los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El taller también profundiza acerca de lo establecido en el “Protocolo de actuación del Poder Judicial del Estado para la emisión de órdenes de protección”, publicado en el Diario Oficial del Estado el 29 de junio del año pasado y que se apega a las normas internacionales, nacionales y estatales, y a la perspectiva de género como método de impartición de justicia.
Principio
De este modo, los servidores judiciales cuentan con elementos para llegar a una determinación de expedición o no expedición de una orden de protección de emergencia, siempre bajo el principio “in dubio pro víctima”, que significa “en la duda a favor de la víctima”, considerando que el derecho a vivir en un entorno libre de violencia forma parte del catálogo de los derechos humanos que deben considerarse integrados al orden nacional, al estar reconocido en diversos tratados internacionales.
Estos tratados son, entre otros, la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará”; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1979) y la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Asimismo, deriva de los derechos a la vida, salud e integridad física establecidos en la Constitución General.
Actualmente, tanto los jueces familiares como los jueces de control (materia penal) del Poder Judicial del Estado están facultados para resolver acerca de las solicitudes de órdenes de protección a cualquier persona que esté siendo víctima o sea potencial víctima de violencia. Cabe mencionar que esta facultad también la tienen los Ministerios Públicos, que pertenecen al Poder Ejecutivo.
Este taller fue organizado por la Unidad de Igualdad de Género del Poder Judicial del Estado, en coordinación con la magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega, presidenta de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia. (Boletín)