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Yucatán

La 'admisión” al servicio educativo

Rolando Bello Paredes

Bocadillos

Un párrafo le dedicó el presidente en su mensaje político del pasado domingo 1, con motivo del primer informe de gobierno: “Ya se canceló la mal llamada reforma educativa y estamos dialogando con maestros, maestras, padres de familia, para mejorar la calidad de la enseñanza en todos los niveles de escolaridad”. Ahora es el tiempo del Congreso de la Unión. El plazo para expedir dos de las leyes secundarias de la (contra) reforma educativa de la 4T, vencerá el siguiente jueves 12: Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (sic), y la Ley del organismo al que se refiere la fracción IX del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos –el “organismo para la mejora continua de la educación”.

La Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados publicó en su edición del 29 de agosto último, una “Iniciativa que expide la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, suscrita por coordinadores de diversos grupos parlamentarios -Morena, Encuentro Social, Verde Ecologista de México- y recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 28 de agosto de 2019”. El PAN ya presentó también su iniciativa, publicada en la Gaceta del miércoles 28 de agosto. Es casi obvio que la mayoría legislativa dará preferencia a la iniciativa de Morena y compañía, ya que aquí no se requiere de mayoría calificada para la aprobación de las normas jurídicas.

En esta columna dominical me referiré brevemente al ingreso -“admisión” denomina la propuesta legal- al servicio educativo en educación básica que ha generado inquietud social, ya que la (contra) reforma educativa de la 4T canceló los concursos de oposición.

Uno de los objetos de la ley, según la propuesta de los morenistas, es: “Normar los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión”. Sin especificarlos, señala que la “admisión al servicio de educación básica que imparta el Estado se realizará mediante procesos anuales de selección, a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales”.

Para el ingreso, se tomarían en cuenta “elementos multifactoriales”, como: “a). La realización de un diagnóstico integral del aspirante que considere las aptitudes y conocimientos necesarios para lograr el aprendizaje y desarrollo de los educandos, además del contexto local y regional de la prestación de los servicios educativos”; b). “La formación docente pedagógica”; c). “La acreditación de estudios mínimos de licenciatura”; d). “El promedio general de la carrera”; e). “Los cursos extracurriculares con reconocimiento de validez oficial”; f). “Los programas de movilidad académica”; g). “Dominio de una lengua distinta a la propia”, o h). “La experiencia docente”.

No lo dice expresamente, en un principio, pero se daría preferencia a los egresados de las escuelas normales públicas, como ha exigido la CNTE. La Ley diría: “En el caso de excedentes en plazas vacantes, una vez seleccionados los egresados de las Escuelas Normales públicas, éstas se asignarán a los demás aspirantes que hayan obtenido los mejores resultados en los procesos de selección, eligiendo a aquellos con perfil de formación docente pedagógica”.

Sin embargo, en otro precepto, y para que no quede duda, sí se dispondría lo siguiente: “Con el objeto de fortalecer a las instituciones públicas de formación docente (…) los egresados de las escuelas normales públicas del país y de la Universidad Pedagógica Nacional, tendrán prioridad para la admisión al servicio público educativo”.

Con esta “prioridad”, la SEP desvanecería la “igualdad de condiciones” de los que participen en los “procesos de selección”, ya que un egresado de otra institución de educación superior, distinta de las normalistas, podría obtener mejor calificación que un profesor, pero la plaza se le asignaría, “prioritariamente”, al normalista, conforme a las disposiciones de la ley de referencia.

En cuanto a las plazas docentes, la ley atribuiría a la SEP, el “establecimiento y coordinación del Sistema Abierto y Transparente de Asignación de Plazas para la ocupación de las vacantes de personal con funciones docente, técnico docente, de asesoría técnica pedagógica, de dirección o supervisión”. En este aspecto, las autoridades educativas estatales se limitarían a “registrar” en dicho sistema, las plazas vacantes y el centro de trabajo respectivo, “bajo los términos que determine” la SEP.

Para el ejercicio de las atribuciones de la SEP, la ley crearía un “órgano administrativo desconcentrado”, adscrito a la propia SEP, denominado “Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros” (sic).

Las plazas vacantes a ocupar, determinaría la ley, “sólo serían las registradas en el Sistema Abierto y Transparente de Asignación de Plazas para la ocupación”, que serían “validadas” por la SEP.

La SEP, iniciado su “proceso público”, pondría a “disposición de las autoridades educativas estatales y de las representaciones sindicales, los resultados de la valoración de los elementos multifactoriales”, a cargo de la propia SEP, para que puedan “realizar observaciones, las cuales podrán ser consideradas por la SEP”.

Una vez que el interesado logre ser “admitido”, según la proyección de los morenistas, tendría el “acompañamiento de un tutor cuando menos por dos ciclos escolares, designado por la autoridad educativa estatal”. Y, “al término de su primer ciclo escolar”, sería sujeto de una “evaluación diagnóstica”, a cargo del estado. Casi como dispone la Ley General del Servicio Profesional Docente, todavía en vigor.

Así las cosas, sigue esperar la decisión que por mayoría adopten los legisladores del Congreso de la Unión.

Deuda pública estatal. Algunas de las condiciones de los créditos que contrate el gobierno del estado para “Yucatán Seguro”, se han modificado, según publicaciones de la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF), en ediciones vespertinas del Diario Oficial de los pasados miércoles 4 y viernes 6:

a). Plazo del financiamiento. Sigue siendo de hasta 20 años, sólo que ahora se contarán “a partir de la fecha en que se realice la primera o, en su caso, única disposición de cada crédito”, y en cada contrato “se precisará el término de vencimiento”.

b). Perfil de amortizaciones de capital. Aumenta de 228 pagos mensuales “hasta 240”, y los “primeros 12 pagos serán por un monto de 10 mil pesos”.

c). Período de gracia. Ya no habrá.

d). Recurso a otorgar como fuente de pago del financiamiento. Se incrementa el “límite máximo superior de afectación para el total del monto de financiamiento”, del anterior 8.12% al “13.5% de los ingresos mensuales por concepto de participaciones en ingresos federales del estado correspondientes al Fondo General de Participaciones (Ramo 28)”.

d). Presentación y apertura de ofertas. No será el 18 de los corrientes, sino el miércoles 25.

e). Recepción de las ofertas de financiamiento. El próximo 25 de septiembre.

f). Fallo. Se dará a conocer el viernes 27 de los corrientes.

El monto máximo del crédito autorizado por el Congreso, como se recuerda, es de hasta 2 mil 620 millones de pesos, que al final, según SAF, se convertirán en deuda pública por 5 mil 765 millones de pesos (ver Bocadillos en POR ESTO! 4 y 25 agosto 2019).

Libros. Los libros de textos gratuitos llegarán a Yucatán, según la Segey, como le entra el agua al coquito: “poquito a poquito” (POR ESTO! 6 septiembre 2019).

Gasto educativo. De acuerdo a los datos proporcionados en el primer informe de gobierno de la 4T, en materia educativa:

- “El gasto nacional en educación pasó de 1,413,212.1 millones de pesos en 2018 a un gasto nacional programado para 2019 de 1,453,461.3 millones de pesos. Del total programado, 828,249.8 millones de pesos son de origen federal, 225,701.8 millones de pesos de origen estatal y 156.4 millones de pesos de origen municipal, más 399,353.4 millones de pesos de fuentes privadas”.

Tardeada dominical. En el artículo de Estefanía Camacho, “El baile de los 41”, en portal de revista Gatopardo (1 junio 2019):

-“Salvador Novo reprimía en la vida pública su vida homosexual, aunque su círculo social cercano estaba consciente de su orientación. Novo, considerado un respetable intelectual de la época, fue varias veces nombrado ‘Nalgador Sobo’, en reportes de prensa”.

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