La delegación en Yucatán del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) integra ya expedientes para acceder a seguros institucionales que permitan atender daños en los templos ubicados en Izamal, Dzán, Pisté, Nabalam, Tekantó y Chuminópolis, según informó ayer el área jurídica de la dependencia.
Arturo Chab, encargado del área, expuso que la Arquidiócesis de Yucatán no ha notificado de manera oficial de daños en inmuebles afectados por las tormentas tropicales. Aunque se ha hablado de un listado de 13 recintos que requieren atención, aseguró que éste no se ha hecho llegar por los canales oficiales.
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“En el caso que nos ocupa, sobre los fenómenos climatológicos recientes: Cristóbal, Gamma y Zeta, el INAH Yucatán informa, que pese que la Arquidiócesis de Yucatán formalmente no ha notificado los inmuebles que presentaron daños durante estos fenómenos, se iniciaron visitas técnicas con personal especializado, donde se constató diversas afectaciones”.
“Actualmente el INAH Yucatán, integra expedientes para acceder a seguros institucionales respecto de los templos ubicados en Izamal, Dzán, Pisté, Nabalam, Tekantó y Chuminópolis”, señala el documento entregado por la dependencia.
Informamos que, de acuerdo con la Dimensión de Bienes Eclesiásticos y Arte Sacro de la Arquidiócesis de Yucatán, hay por lo menos una veintena de parroquias que van del Siglo XVI al XIX, que se encuentran con afectaciones severas y que se había entregado un listado de 13 que requieren atención urgente: Dzan, Oxkutzcab, Chichimilá, Chicxulub Pueblo, Dzitás, Cuzamá, Yaxcabá, Izamal, Tepakán, Chikindzonot y Ticuch ,Calotmul y Pisté.
El posicionamiento del INAH se menciona que la dependencia tiene entre sus objetivos la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos paleontológicos, arqueológicos e históricos y de las zonas de monumentos, en el caso emprende acciones para evitar afectaciones al Patrimonio Histórico Nacional, entre los que se encuentran los Monumentos Históricos Muebles e Inmueble de tipo Religioso, tales como esculturas, retablos, orfebrería y los Templos, Conventos, Capillas y sus anexidades, que son usados para el culto público la Asociación Religiosa que tenga en resguardo una propiedad federal.
Con el objeto de salvaguardar el patrimonio histórico nacional, el INAH paga un seguro institucional para salvaguardar el patrimonio arquitectónico e histórico.
La Arquidiócesis de Yucatán, al ser una Asociación Religiosa usuaria de un inmueble federal, tiene la obligación de solicitar previamente la autorización de este instituto para realizar obras de conservación y restauración, así como para dar mantenimiento a los mismos para asegurar su salvaguarda, en virtud de ser bienes por destino que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación.
En el caso de los Templos Federales Históricos, son bienes nacionales y monumentos históricos de conformidad con lo establecido con los artículos 1, 3, 6 y 78 de la Ley General de Bienes Nacionales y lo dispuesto en los artículos 5, 35 y 36 fracción I de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos, e Históricos, por lo que toda obra en el inmueble, incluso las instalaciones, deben de contar con autorización de este instituto.
El Artículo 81 de la Ley General de Bienes Nacionales, precisa que los muebles e inmuebles federales utilizados para fines religiosos y sus anexidades que sean monumentos históricos, se encuentran bajo competencia de este instituto, correspondiéndole, resolver administrativamente todas las cuestiones que se susciten sobre la conservación, restauración y mantenimiento de los muebles e inmuebles, por conducto del INAH.
Por David Rico