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Yucatán

Artículo transitorio, clave en derogación de impuesto a la seguridad

En este período que arranca en el Congreso del Estado uno de los temas prioritarios para abordar es el oficio que envió el Ejecutivo del Estado para derogar el “Derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública”, tema que ha generado polémica porque no está claro si se derogará sólo por este año o por todo el sexenio.

Algunos sectores de la población que se oponen al cobro de este derecho han manifestado por diferentes vías su preocupación de que sólo se cancele por este año y que el siguiente año se intente cobrarlo de nuevo.

Hasta ahora, según los datos que se tienen y como señaló la presidenta de la Mesa Directiva, la diputada Janice Escobedo Salazar (PRI), la solicitud sería para derogarlo de forma definitiva y no de forma temporal.

La pregunta entonces es qué se deberá derogar y cuáles son las modificaciones que deberían hacer los diputados del Congreso del Estado a la Ley de Hacienda aprobada para este año.

De entrada, los diputados deberán derogar y eliminar de la citada Ley de Hacienda los artículos 85-Y, 85-Z, 85-AA, 85-AB, pues todos establecen el monto a pagar, quiénes deben pagar y quiénes estarían exentos.

Además, hay que tener en cuenta que se debería eliminar también el primer transitorio que se puso a dicha Ley de Hacienda, en el cual se le dio a este derecho una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2024.

Este transitorio deberá ser eliminado para anular con ello cualquier posibilidad de cobro en los años venideros, pues actualmente se establece en la mencionada ley que “El derecho previsto en el capítulo XXVII del título tercero de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán tendrá una vigencia de cinco años, que concluirá el 31 de diciembre de 2024”.

En manos del Congreso

Con la publicación de las modificaciones a la Ley de Hacienda publicadas en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el 31 de diciembre del año pasado, el derecho en cuestión entró en vigencia el primer día de enero de este 2020, pero no se había establecido la forma en que se cobraría, pues se pretendía hacerlo mediante el recibo de la CFE, pero ante la negativa de la paraestatal, el Gobierno del Estado reculó y envió un oficio al Legislativo para derogarlo.

Este derecho establece que la cuota mensual por el derecho previsto será de 290.64 pesos (3.44 UMA), lo que da un equivalente de poco más de 581 pesos bimestrales, y se estableció que lo que se pague, sin embargo, no podrá ser mayor al 8 por ciento del total del monto del recibo.

Establece la exención del pago a los que consumen al mes menos de 99.69 pesos (1.18 UMA) por este concepto y con lo que no pagarían alrededor de 224 mil predios.

El Gobierno del Estado había proyectado recaudar, tomando como parámetro el cobro a través del recibo de la CFE, la cantidad de 238 millones 811 mil pesos por este derecho, lo que finalmente no será y ahora el tema está en manos de los diputados en el Congreso del Estado.

(David Rico)

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