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Reforma Laboral acabará con simulación sindical

A partir de la Reforma Laboral, los trabajadores deberán conocer y legitimar los contratos colectivos de trabajo de sus respectivos sindicatos, antes de que estos se registren ante la autoridad, destacó ayer el maestro Manuel Arturo García Urrutia, director general de Concertación y Capacitación Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Ayer, a través de una videoconferencia, el especialista habló de la adecuación de estatutos y otras obligaciones sindicales que se deben hacer, con base en la Reforma Laboral.

Expuso que entre las adecuaciones a sus estatutos, destaca el incorporar un procedimiento democrático para la elección de las directivas nacionales y seccionales, además de incorporar una serie de consultas.

Explicó que el nuevo contrato colectivo, cuando lo haya, debe de ponerse a consulta de la base trabajadora antes de que sea depositado ante la autoridad laboral.

Otro tema, expuso, es la legitimación de los contratos colectivos y en el caso de los que ya existen debe hacerse una consulta con el aval de la autoridad para que se constante que los trabajadores lo conocen y están de acuerdo con su contenido.

Añadió que esto tiene el fin de acabar con los contratos simulados que muchas veces se llevaban a cabo o que los trabajadores a veces ni saben que existen.

Sobre el procedimiento democrático para elegir a las directivas que se debe poner en los estatutos, dijo que implica que se debe hacer una convocatoria que informe qué cargos están en juego, cómo se votará, etc., además de integrar un padrón de los que pueden votar.

Desde su punto de vista, expuso que ya que van a reformarse los estatutos, se debe tener en cuenta una nueva disposición sobre la necesidad de informar por escrito del manejo patrimonial del sindicato.

La reelección

Manifestó que ya se informa cada 6 meses a sus bases del manejo de las cuotas, pero ahora es más claro y se obliga a que se haga por escrito y se notifique a la autoridad 10 días posteriores a la asamblea.

Además, expresó que por lo que toca a las consultas que se deben realizar la idea es que cuando haya una negociación del contrato colectivo se consulte a la gente, a los trabajadores, previo a su depósito, y que este procedimiento figure en los estatutos.

También, comentó, se debe regular el tema de la reelección mediante el establecimiento de periodos, tiempos y demás, pues se trata de no inhibir la participación democrática de otros trabajadores.

En cuanto a los plazos para la reforma de los estatutos, expuso que se dieron 240 días hábiles a partir del 1 de mayo del año pasado, cuando entró en vigor la reforma; la fecha era el 9 de abril, pero con la contingencia sanitaria se dio una ampliación y ahora quedó en que se hará 17 días hábiles después de que termine la contingencia.

En el tema de las consultas, expuso que se estableció que se aplicarán 45 días naturales a partir de que pase la contingencia.

Añadió que también hay nuevas obligaciones para los patrones o empresas, una de ellas que se debe entregar a los trabajadores el ejemplar del contrato colectivo; cada vez que haya una negociación hay que darles un ejemplar impreso a los trabajadores, luego de la legitimación también.

Además, se debe apoyar a los sindicatos en la difusión de convocatorias para la elección sindical, para la realización de consultas, para diferentes trámites que la autoridad deberá consultar a las bases.

Otro tema es el de las cuotas sindicales, cuando un trabajador se separa de un sindicato podrá solicitar que ya no se las descuenten.

En cuanto a los sindicatos, dijo que la nueva reforma impone prohibiciones para acabar con la simulación; se les prohíbe participar en esquemas para que el patrón evada responsabilidades.

Como ejemplo, mencionó que hay sindicatos que emplazaban a huelga de manera permanente a las empresas para que estas suspendieran obligaciones de carácter fiscal o pago de obligaciones; otras veces hacen labor de “outsourcing” pero ya está prohibido que se presten a estas maniobras o ejercer actos de violencia, simular consultas, elecciones o asambleas para cumplir obligaciones legales, pues de hacerlo corren el riesgo de perder el registro sindical.

También se les prohíbe llevar a cabo actos de extorsión contra la empresa.

(David Rico)

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