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Yucatán

Buscan desahogar corralones de Yucatán; autoridades podrán rematarlos

Los dueños de los coches y demás medios de transporte tendrán 60 días para acreditar la posesión y para retirarlos del depósito, haciendo el trámite correspondiente
En total son 7 mil 329 vehículos los que están resguardados en los corralones, la mayoría autos,
En total son 7 mil 329 vehículos los que están resguardados en los corralones, la mayoría autos, / Por Esto!

Más de 7 mil vehículos se encuentran en los depósitos o corralones de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), algunos con cerca de 20 años en abandono y en completo estado de chatarra. Se trata de automóviles, camionetas, remolques, lanchas, motos, tráileres e incluso carritos de comida, entre otros, los cuales podrán ser rematados por la autoridad, en caso de que no sean reclamados por sus dueños.

En días pasados la SSP publicó el Diario Oficial del Estado de Yucatán el acuerdo SSP 004/2021 mediante el cual se da a conocer el listado de los vehículos que se encuentran retenidos en los dos depósitos de la corporación, ubicados en la Avenida Canek y en el periférico Poniente.

Corralones de la SSP saturados de vehículos en Yucatán

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Aprueban remate de vehículos abandonados en corralones

A partir de la publicación, que se dio a conocer ayer en las páginas de este rotativo, los dueños de los coches y demás medios de transporte tendrán 60 días para acreditar la posesión y para retirarlos del depósito, haciendo el trámite correspondiente. De no hacerlo, la autoridad podrá proceder al remate o venta.

En 2019, los diputados de la actual Legislatura aprobaron reformas el Código Fiscal y a la Ley de Tránsito y Vialidad, para que la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) pueda rematar los vehículos abandonados en los corralones y se mantenga actualizado el inventario de bicicletas, motocicletas y automóviles que estén bajo resguardo de la SSP.

El acuerdo SSP 004/2021 señala que actualmente “los depósitos  vehiculares del Estado se encuentran  repletos de vehículos,  entre  automóviles, motos y bicicletas,  abandonados chatarra, es decir que están deteriorados, inservibles,    destruidos, desbaratados, podridos o inutilizados permanentemente, a consecuencia   de  lo  que se generan diversas problemáticas,  como lo son el exceso de ocupación  de los  depósitos  vehiculares,  el fomento  del  mercado  negro  de  autopartes,  el  desaprovechamiento   de  recursos económicos, el daño ambiental, a la salud y la inseguridad”.

Son en total 7 mil 329 vehículos los que están resguardados en los corralones, la mayoría autos, pero son más de 2 mil motocicletas, la mayoría de marcas orientales las que están ingresadas por haber cometido alguna infracción.

En la lista publicada aparecen camionetas, remolques, lanchas, mototaxis, autos, camiones, carros de comida y hasta un “puesto de empresas refresqueras” que ingresó al depósito del Periférico desde el año 2015.

Pero hay unidades que llevan cerca de 20 años en resguardo, como dos autos Ford, de los cuales no hay más información sobre el modelo, que están en resguardo desde el 2002 y 2003. Un Tsuru que, como otros automores, está desde el 2004.

Asimismo hay tráileres, como uno de la marca Kenworth del 2012. Aparecen tres lanchas, dos que ingresaron en 2019 y una en 2012. Son más de 2 mil motocicletas, de un sinfín de marcas orientales como Kazuki, Diasuki, Jinlun, Kurazai, entre otras. 

También está una cantidad importante de mototaxis, la mayoría ingresados a los depósitos en 2020, al igual que camiones de carga, de turismo y camionetas.

Pero además de ser la mayoría autos y vehículos chatarra, estos depósitos también generan inquietud y de descontento entre vecinos. Las personas que viven a un costado del corralón de la Canek, y que pidieron el anonimato, manifestaron su desagrado, porque no hay vigilancia, se genera basura y lo consideran  un lugar peligroso, porque todas las unidades tienen tanques de gasolina, como fue el caso que ocurrió en en abril del 2018, cuando se consumieron 40 vehículos, en el el mencionado lugar.

Documentos

La Ley de Tránsito y Vialidad, en su Artículo 82 Bis, señala que  los  propietarios  de  los  vehículos  que  se  encuentren retenidos  en  los  depósitos  vehiculares  a  cargo  del  Estado,  sólo  podrán  retirarlos acreditando el interés jurídico, presentando  la documentación  que justifique el retiro y cubriendo  el monto  de los derechos  a su cargo,  conforme  a la Ley General  de Hacienda del Estado de Yucatán.

Además, dispone que si  han transcurrido  sesenta  días naturales  desde  que el vehículo  quedó  a  disposición  del propietario  y este no lo retira,  en cumplimiento  de la ley  referida y su reglamento, causará abandono a favor del Estado y se seguirá el procedimiento  establecido para bienes  abandonados,   previsto en el  Código  Fiscal  del  Estado de Yucatán. 

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En este sentido, la SSP debe publicar, en su sitio  web y en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, los datos identificativos de los vehículos en la fecha de ingreso, señalando el nombre del propietario del bien, en caso  de que se conozca, la fecha y el lugar del que fue retirado, la fecha en que ingresó en el depósito  vehicular, así como  el nombre  y ubicación del depósito  en  el que  se encuentra, momento a  partir  del  cual  se entenderá  que  queda  a  disposición del propietario.

“Esta medida permitirá que los vehículos que se encuentran abandonados en el depósito vehicular cesen de dañar el medio ambiente de los yucatecos, permitiendo además liberar   parte del espacio que ocupan en   los depósitos vehiculares, recortando los costos  derivados  de su administración y  resguardo, y contribuirá, además, a erradicar posibles focos  de infección generados por el abandono y deterioro de los propios vehículos, por lo que he tenido a bien expedir el presente”, señala el documento.

Los vehículos que no sean retirados podrán ser vendidos por la autoridad, mediante el procedimiento que deberá llevar a cabo la SAF y los recursos serán destinados a favor del Estado de Yucatán, para que se usen en alguna área del propio Gobierno.

Sin embargo, se considera también que los vehículos que se determine que su utilidad sea nula y no exista la posibilidad de obtener provecho alguno por su venta o de sus residuos, podrán ser destruidos.

Se señala en el Código Fiscal que el producto de la enajenación de los vehículos remitidos a los depósitos vehiculares por los municipios, se destinará al municipio que los haya remitido, como   recursos   de   aplicación   automática, de conformidad con la normativa aplicable, para   destinarlos a obras y trabajos para mejoramiento urbano  del municipio, y programas ambientales.

 

aarl

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