Yucatán

Pena de muerte por feminicidio incrementa hasta 65 años en Yucatán: Mauricio Vila

Por medio de un comunicado, el gobernador del estado informa de las modificaciones al Código Penal que aseguran a las mujeres una vida libre de violencia
Con castigos más severos a delitos de feminicidio y mayor facultad de penalización a las instituciones se garantiza la seguridad de la mujer en Yucatán / Twitter

El gobernador del estado, Mauricio Vila Dosal, informó a través de su cuenta personal de Twitter que la propuesta realizada a principios de año, fue aprobada por el Congreso local la cual pide modificaciones al Código Penal del Estado para imponer sentencias más severas en materia de violencia contra la mujer.

En un comunicado oficial, Vila Dosal aseguró que Yucatán impondrá penas más severas contra quienes cometan el delito de feminicidio, luego de que el Congreso del Estado aprobó la iniciativa para modificar el Código Penal del Estado y la Ley estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Noticia destacada

Reduce la venta de pescado en Progreso, Yucatán, pese a temporada vacacional

Noticia destacada

Consejo Maya espera cierre de granjas porcícolas en Yucatán tras consulta

Hasta ahora, el código estatal prevé una pena por este delito de 32 a 45 años de prisión y de 1,500 a 2,500 días-multa, con agravantes que elevan la pena hasta un máximo de 60 años de prisión, como es el caso de la existencia de la relación de parentesco, laboral, docente o sentimental entre el sujeto activo y la víctima.

Síguenos en Google News y recibe la mejor información

Con esta nueva iniciativa avalada por el Congreso local, se regula una agravante para el caso de que la víctima sea menor de edad, con una pena mínima de 50 años, siendo esta la mayor entre las previstas actualmente en el Código Penal local, y una pena máxima de 65 años de prisión.

La reforma a la Ley estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ahora se establecen como atribuciones de la Fiscalía General del Estado (FGE) y de la Secretaría de las Mujeres (Semujeres) lo que aumenta la indemnización correspondiente cuando existan entre el sujeto activo y la víctima o las personas ofendidas del delito, los vínculos mencionados.

RC