Aunque en el Estado el aborto aún está penalizado, el Código Penal de Yucatán, en su artículo 393 del capítulo VI, estipula que existen cinco causales que no sólo permiten la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas, sino que lo excluye de delito. No obstante, son pocos los casos de mujeres que tuvieron que ir fuera del Estado para practicarse un aborto, o solicitar un amparo para poder acceder a un derecho que la ley les otorga.
De acuerdo a datos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), de 2007 a junio del 2021, 48 mujeres se trasladaron a la Ciudad de México para practicarse un aborto.
De acuerdo a la Psicóloga Adriana Bautista, del colectivo Red de Feministas Peninsulares y el Colectivo Ko’ox Tsikbal, esto se debe en gran parte al desconocimiento de la ley por parte de autoridades sanitarias y de las mismas mujeres, pues ignoran que es un derecho que tienen. En este sentido, apuntó que, por parte del personal médico, además de desconocer la ley, existe la incapacidad de separar las creencias personales del trabajo científico que ejercen.
Para ejemplificar el tema, comentó el caso de una joven cuyo hijo tenía una grave deficiencia de nacimiento, la cual le implicaba muchas cirugías y costosos tratamientos que no podía solventar. Cuando la abordaron, expresó que, de haber sabido que podía interrumpir el embarazo lo hubiera hecho; el contexto de esta situación era conocida en su totalidad por los médicos que la atendían, sin embargo, nunca le presentaron la opción de interrumpir el embarazo, aun sabiendo que existía una causal de peso.
“Esto es solo un ejemplo, según las estadísticas, en lo que va del 2021 en el Estado han nacido mil 777 niños con malformaciones y deformidades congénitas del sistema osteomuscular”, puntualizó.
En este sentido, señaló, en el caso de mujeres que sufrieron de violencia sexual, también tuvieron que sortear obstáculos cuando acuden a los centros médicos solicitando la interrupción del embarazo, pues les piden documentos que sostengan su afirmación.
“Sin embargo, la norma 046 refiere que las víctimas de violencia sexual no requieren denuncia previa, es suficiente un escrito a puño y letra por parte de la afectada”, añadió.
Cabe señalar que en junio pasado, la Secretaría de Salud federal publicó el Lineamiento Técnico para la Atención del Aborto Seguro en México, sumado al Manual de Práctica Clínica Para un Aborto Seguro publicado por la OMS.
Asimismo, las causales de aborto en Yucatán son los siguientes: cuando sea causado por acto culposo de la mujer embarazada; cuando el embarazo sea el resultado de una violación; cuando la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista; cuando el aborto obedezca a causas económicas graves y justificadas y siempre que la mujer embarazada tenga ya cuando menos tres hijos; y cuando se practique con el consentimiento de la madre y del padre en su caso y juicio de dos médicos exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves.
Para último, Adriana Bautista fue rotunda al decir que, aunque hay avances en el tema de la despenalización, hay mucho trabajo por hacer.
“Se debe reconocer el aborto como un derecho, una posibilidad para decidir en libertad sin estigmatizar pues esa es la principal causa por la que mujeres no ejercen el derecho a decidir su maternidad. La Secretaría de Salud ha cambiado, la ley ha cambiado, ahora le toca a la sociedad cambiar”, finalizó.
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JG