Al paso del tiempo es más usual que las personas quieran cambiarse de nombre por diferentes razones y aunque no es algo muy complicado, puede ser un proceso muy tardado: hasta tres años.
Lo primero es hacer, por escrito, una exposición de motivos o razones, que pueden ir de registro inicial apócrifo hasta un cambio en el estado civil, sexo, nacionalidad o filiación, procesos que pueden se engorrosos.
Pero cambiar de nombre en México y, por ende, en Yucatán: sí es posible y las razones más comunes son por falsedad, cuando se alegue que el suceso registrado no pasó; por enmienda, cuando se solicite variar algún nombre u otro dato esencial que afecte el estado civil, la filiación, la nacionalidad, el sexo y la identidad de la persona; el objetivo adaptar a la realidad jurídica y social la denominación del solicitante; y por error, cuando ocurren errores mecanográficos y ortográficos.
En el Estado, una persona que decide modificar su nombre debe acudir a la Oficialía en la que fue registrado para llenar los requisitos; se asigna un número de trámite para el pago del derecho correspondiente. Luego, los empleados del Registro Civil localizan el acta y le aplican los cambios. Asimismo, elaboran la anotación correspondiente y se imprime para su adhesión al libro; se imprime la solicitud del cambio de nombre y se recaba la firma o huella del interesado. Se le otorga al interesado un certificado con el cambio aplicado y se procede anexar una lengüeta al expediente para identificar el apéndice.
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Los requisitos son: ser mayor de edad; presentar el acta de nacimiento; original y copia de la credencial de INE o de documento que sirva como identificación oficial; llenar solicitud correspondiente y cubrir el costo del derecho.
Es necesario cambiar otros documentos
Aunque suena fácil esto puede tener repercusiones ya que no es solo realizar este trámite, si no que tienes que tramitar nuevamente la Clave Única de Registro Poblacional (CURP), la credencial para votar y cambiar los certificados de estudios.
El trámite es nombrado como “aclaración de acta por enmienda”, en donde debes presentar una solicitud por escrito exponiendo los motivos del cambio, copia del acta del libro donde fuiste registrado, identificación oficial y comprobante de domicilio, pero puede tardar de tres meses a tres años.
Dicho trámite se realiza en 20 minutos y tiene un costo de 200 pesos, cuyo pago de derecho incluye el respectivo certificado.
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CC