La llegada de personas nuevas a Mérida ha popularizado la renta de casas, lo cual ha sido un negocio fructífero para muchas personas que deciden invertir y para otros no tanto.
Tanto la persona que renta como el dueño del inmobiliario, buscan salvaguardar sus intereses; por lo que a menudo se pueden ver largas listas de requisitos para poder rentar un hogar, ¿pero están todos en regla?
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Casas en renta en Mérida: Cobro de contrato de arrendamiento causa polémica en redes
Por lo general, los requisitos más comunes para poder rentar una casa son:
- Mes de renta
- Depósito
- Contrato de arrendamiento: Este lo suelen cobrar igual que la renta
- Aval, pero no de no contarlo se pide un monto igual a la mensualidad
- Algunos piden como mínimo un año
Entre estos llama la atención y se ha sometido a debate si el contrato debe cobrarse, aquí te compartimos lo que pudimos investigar sobre el tema.
¿Es legal cobrar el contrato?
El contrato que es un documento en el cual el dueño (arrendatario) de un inmueble (cuartos, departamento, casa o espacio comercial) cede los derechos de goce de dicho espacio a otra persona (arrendador).
El mismo tiene un costo que varía acorde el medio que se obtenga, pero lo que no cambia; es que el abogado usualmente cobra una comisión basada en el valor de la renta.
Sin embargo, existen plataformas virtuales que permiten poder descargar el contrato a partir de 400 pesos; por lo que no siempre implica algo costoso.
Lo que si está establecido es que el precio del contrato no debe exceder el 50% del costo de renta. Por lo que sí, es legal cobrarlo; sin embargo, las cantidades son las que deben regularizarse y es ahí donde el arrendador debe prestar atención.
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CC