Un segundo peritaje confirmó que el Ayuntamiento de Mérida, entonces encabezado por Renán Barrera, autorizó irregularmente permisos a la empresa Engie para que instalara tuberías de gas natural en las colonias García Ginerés, San Damián y Residencial Pensiones, lo que fue determinante para que los vecinos ganaran el juicio de amparo directo ante el Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán.
La tubería expone a los habitantes, en 3 mil 510 predios y establecimientos- a riesgos como fugas, incendios o explosiones en caso de ruptura, por tratarse el gas natural de material altamente inflamable.
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El nuevo dictamen pericial solicitado por el juzgador estuvo a cargo del biólogo Francisco de Jesús Guerra Martínez --el primero fue realizado por Rubén Presuel, como publicamos el domingo pasado-; en el segundo, no solo reiteró que las tuberías del proyecto denominado “Zona Metropolitana de Mérida”, no siguieron la ruta crítica autorizada, sino que evidenció que la empresa intentó colocarlas sin permiso en calles diferentes a las que se establecían en el trazo original.
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El dictamen indica: “El trazo propuesto del proyecto para la distribución de gas natural por ductos en la zona del predio número 218 letra de la calle 11 por 32, se encuentra en un área de alta densidad habitacional denominada zona 1 de consolidación urbana.”, lo que avala las preocupaciones de los vecinos sobre la inadecuada ubicación del proyecto en una zona altamente poblada.
Adicionalmente, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida establece en su tabla de compatibilidades de uso y destino del suelo que ningún proyecto de mediano o alto impacto, ya sea de tipo industrial, de equipamiento o comercial, tiene permitido desarrollarse en la zona 1 de Consolidación Urbana.
Asimismo, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida, en su página 82, clasifica las actividades de distribución de gas natural por ductos como una actividad de carácter industrial, de la misma manera que las actividades relacionadas con el suministro de gas natural por ductos al consumidor final.
Esta discrepancia viola los planos presentados por Engie y deja dudas sobre si el hoy alcalde de Mérida con licencia, Renán Barrera Concha, supervisó adecuadamente el proceso de autorización, porque el terreno donde residen los ciudadanos que presentaron el amparo directo se encuentra dentro de la zona 1 de consolidación urbana, con una alta densidad de población, con un rango de 28 a 38 viviendas por hectárea. Este hecho subraya la preocupación legítima de los habitantes sobre la seguridad y el riesgo asociado a la instalación del gasoducto en esa área.
En los documentos que el juez deberá revisar se incluye un croquis o mapa de la zona habitacional por donde la empresa instaló la tubería. Este material gráfico proporcionará evidencia visual de la ubicación precisa y las irregularidades en la colocación de las tuberías en relación con las normas municipales.
El perito realiza un análisis de los escenarios de riesgos para la población que reside en esta zona. En el peor escenario, con una ruptura del 100 por ciento de la tubería, se estimaría una afectación a la población en un radio de 166 metros alrededor, considerando tuberías de 200 metros. Sin embargo, en el escenario de un 20 por ciento de afectación con tuberías de 200 metros, el radio de acción se reduciría a 22 metros. Estos cálculos proporcionan una evaluación detallada de los posibles riesgos asociados a la ruptura de las tuberías de gas en la zona habitacional.
En el documento, del cual POR ESTO!, tiene una copia, se especifica que el 27 de julio de 2023 se realizaron recorridos entre la Plaza Las Américas y una planta galletera para identificar en el terreno las áreas autorizadas para la realización de los trabajos de excavación de zanjas para el establecimiento de ductos destinados a la distribución de gas natural. Se consultó a personas que trabajaban en negocios establecidos en el proyecto propuesto, así como a vecinos en ubicaciones coincidentes con el trazo. Los colonos advirtieron que la autorización difiere de los lugares donde se llevaron a cabo las excavaciones. Esto sugiere una discrepancia entre la planificación original y la ejecución real de los trabajos.
Además, las personas consultadas indicaron que, durante el inicio de las excavaciones, el personal responsable les informó que las obras eran para instalaciones de agua potable y alcantarillado; esto refleja una falta de transparencia y una posible manipulación de la información por parte de los responsables del proyecto.
El trazo autorizado y aprobado por la Comisión Reguladora de Energía no coincide con las líneas de los trabajos de excavación de zanjas para el establecimiento de ductos destinados a la distribución de gas natural. Esta discrepancia entre la autorización oficial y la ejecución real de los trabajos sugiere irregularidades en la implementación del proyecto, se asienta en el documento.
Según la hoja de datos de seguridad para sustancias químicas del gas natural elaborada por PEMEX, Gas y Petroquímica Básica, este está compuesto principalmente por metano (88 por ciento), etano (9 por ciento), propano (3 por ciento) y etil mercaptano (17-28 ppm), una sustancia considerada de muy alto riesgo con niveles elevados de inflamabilidad y explosividad. En caso de fugas o emisiones, el gas se eleva rápidamente a capas superiores de la atmósfera, reduciendo la posibilidad de formación de mezclas explosivas en el aire. Se recomienda mantener alejadas fuentes de ignición, chispas, calor o flama debido al riesgo asociado con estas características del gas natural.
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NM